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¿El Estado se haría cargo de la deuda de los ahorristas? De qué se trata el pedido de indemnización para los "criptoestafados"

La Defensora Pública de Víctimas ante la Justicia Federal de Catamarca, Mariana Vera, interpuso una demanda civil en la que responsabiliza al Estado municipal y provincial por haber permitido que las financieras sigan operando, pese a las advertencias de organismos nacionales. Pide que se indemnice a las víctimas, pero ¿podría aplicar a todos los ahorristas?.
Por Lucia Acosta

A más de un año y medio de la caída de las financieras, con sus principales referentes detenidos y centenares de ahorristas que perdieron enormes cantidades de dinero, la Justicia sigue sin dilucidar exactamente dónde está el dinero y cuál va a ser el futuro de los responsables.

Esta semana se conoció que la Justicia Federal estaba evaluando una acción presentada por la Dra. Mariana Vera, actual Defensora Pública de Víctimas, en la causa de las criptoestafas.

El juez federal Miguel Ángel Contreras confirmó que fue notificado de una presentación que “le sorprendió”, y que deberá evaluar, en la que la Defensoría Pública de las Víctimas demanda, mediante una acción civil, a los responsables de las estafas y llama al Estado como "civilmente responsable" por la omisión en el control.

De esta manera y según argumenta la Sra. Vera en su escrito, el Estado municipal, provincial y nacional deberían responder solidariamente a dos particulares que se vieron fuertemente afectados por las maniobras de las financieras, mientras se les permitía operar a plena luz del día.

En el Derecho Civil, la responsabilidad solidaria es la posibilidad que tiene un acreedor (en este caso, los afectados) frente a una pluralidad de deudores de hacer cumplir toda su deuda con uno solo de los deudores. La responsabilidad solidaria permite al acreedor cobrar todo lo que se le debe a uno de los deudores del grupo de prestatarios.

Dicha presentación no es nueva. Se realizó a principios de marzo de este año, pero tomó notoriedad pública esta semana tras especularse que esta acción podría beneficiar a la totalidad de los ahorristas.

¿Qué es y a qué se dedica la Defensoría Pública de las Víctimas?

Para muchos, la Defensoría Pública de las Victimas es un instituto completamente nuevo y hay mecanismos que aún no se conocen sobre su funcionamiento.

En 2017 entró en vigencia la Ley Nacional 27.372 de Protección de los Derechos y Garantías de Personas Víctimas de Delitos, que crea la figura de un Defensor Público de Víctimas por provincia. Catamarca fue una de las primeras siete provincias en contar con esta figura.

En 2018 se abre el concurso en todas las provincias para designar defensores, y recién en septiembre de 2021, la abogada Vera –de gran trayectoria en el fuero local y docente en la Facultad de Derecho en la UNCA- gana el concurso y asume el cargo.

La Defensoría Pública, como su nombre lo indica, actúa patrocinando a las víctimas en un proceso penal (como en este caso de las criptoestafas).

Cualquier persona puede acudir a un/a defensor/a público/a oficial para solicitar asesoramiento y/o patrocinio jurídico gratuito, pero no es para todos. Y este punto es clave.

La Defensoría Pública sólo actúa siempre y cuando se invoque y justifique limitación de recursos para afrontar los gastos del proceso, situación de vulnerabilidad o cuando estuviere ausente y fueres citado por edictos.

¿Entonces, el Estado debe hacerse cargo de la deuda con los ahorristas?

No fue ese el pedido de la Defensora Pública.

La presentación se hizo por estrictamente dos personas que demostraron su condición de vulnerabilidad, lo que ameritó la intervención de este organismo. La acción civil busca que se indemnice a estas personas por el daño causado por el delito cometido.

En su escrito, la Defensora Pública detalla que pese a las advertencias de organismos nacionales como la PROCELAC y la CNV, tanto el Estado provincial como municipal y nacional no tomaron medidas inhibitorias lo que generó grave perjuicio a personas que, de buena fe, invirtieron sus ahorros y se vieron fuertemente perjudicados.

Esta presentación no podría, según los criterios, abarcar a los ahorristas que sabiendo del riesgo de sus inversiones y las advertencias de organismos nacionales, llevaron a cabo dichas operaciones.