El último borrador de la reforma laboral incluye un capítulo específico para fomentar inversiones productivas de escala pequeña y mediana. Esta herramienta, denominada Régimen de Incentivo para Medianas Inversiones (RIMI), funciona como una versión adaptada del RIGI y está diseñada para canalizar capital, tanto nacional como extranjero, hacia sectores económicos considerados estratégicos en las distintas provincias del país.
El objetivo central de esta medida es estimular el crecimiento productivo, incrementar la competitividad, expandir las exportaciones y crear nuevos puestos de trabajo, mediante la aplicación de beneficios fiscales preestablecidos. La incorporación del RIMI atiende un reclamo histórico del sector de las pymes, que solicitaba un esquema similar al ya existente Régimen de Incentivo para Grandes Inversiones (RIGI), pero orientado a proyectos de menor envergadura.
Funcionamiento del nuevo régimen RIMI para inversiones
El RIMI estará disponible para empresas constituidas o habilitadas en Argentina que realicen nuevas inversiones durante los primeros dos años de vigencia de la ley. Estos fondos deberán destinarse exclusivamente a la compra o fabricación de bienes muebles nuevos —excluyendo automóviles— o a la ejecución de obras directamente vinculadas a procesos productivos.
Quedan expresamente fuera del régimen las inversiones de carácter financiero, de cartera o la adquisición de bienes para su reventa. De esta forma, el programa se focaliza en proyectos con un impacto tangible en la actividad económica real.
La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) será la autoridad de aplicación, pudiendo solicitar informes técnicos a otros organismos para evaluar la pertinencia de los proyectos y definir los beneficios fiscales que correspondan.
Requisitos y montos mínimos de inversión
Los montos mínimos para acceder al RIMI serán variables, ajustándose al tamaño de cada empresa. Las micro, pequeñas y medianas empresas deberán alcanzar niveles de inversión escalonados, mientras que los proyectos de mayor porte enfrentarán un umbral más alto, según se desprende del borrador. No obstante, aún no se ha definido el monto concreto a partir del cual se podrá ingresar al programa.
El régimen contempla además una categoría especial sin monto mínimo para inversiones en insumos productivos agrícolas y energéticos considerados estratégicos, como sistemas de riego, equipos de eficiencia energética, mallas antigranizo y animales de producción. En todos los casos, las metas de inversión deberán cumplirse dentro de los dos primeros ejercicios fiscales siguientes al inicio del programa.
Las empresas beneficiarias podrán optar entre el régimen general del Impuesto a las Ganancias o un sistema de amortización acelerada, que permite deducir la inversión de manera más rápida, reduciendo la carga tributaria en los primeros años del proyecto.
Las inversiones en bienes muebles podrán amortizarse en dos cuotas iguales; las obras, en cuotas proporcionales a una vida útil reducida; y en casos como equipos de riego o mallas antigranizo, la deducción será inmediata. Los créditos fiscales de IVA asociados a estas compras podrán solicitarse para una devolución anticipada luego de transcurridos tres períodos fiscales.
El Ministerio de Economía y la ARCA establecerán un cupo presupuestario anual para estas devoluciones, con el fin de controlar el impacto fiscal de la medida.
Asimismo, no podrán acceder al beneficio aquellos proyectos que ya reciban ventajas del RIGI u otros programas similares. Si una empresa pierde las condiciones requeridas durante la vigencia del RIMI, deberá reintegrar los beneficios fiscales obtenidos, incluyendo el IVA devuelto y las deducciones de Ganancias, más los intereses correspondientes. La ARCA podrá aplicar sanciones adicionales.
Los bienes adquiridos bajo el RIMI deberán permanecer en la empresa por un plazo mínimo de dos ejercicios fiscales. Su venta anticipada implicará la pérdida de los beneficios, salvo en casos de fuerza mayor, destrucción o cuando sean reemplazados por bienes de igual o mayor valor.
