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ANSES: Pensión para familiares de víctimas del coronavirus

ANSES continúa con el calendario de pagos de abril 2022 y confirmó que habrá una nueva prestación que alcanza a aquellas víctimas del Covid-19, Se trata de la pensión para familiares de víctimas del coronavirus, una asistencia que tendrá el valor equivalente a dos jubilaciones mínimas, es decir $65.260.
Por Lourdes Costanzo

¿A quiénes les corresponde?

Está destinada a cónyuges, convivientes e hijas/os de trabajadoras y trabajadores esenciales que hayan fallecido durante el ejercicio de sus tareas como consecuencia del COVID-19.

¿En qué consiste?

Es un pago mensual, de carácter vitalicio, para los familiares de trabajadoras y trabajadores esenciales que hayan fallecido como consecuencia del COVID-19 (Ley N° 27.549).

Requisitos

Trabajador o trabajadora esencial fallecido/a

  • Haber fallecido entre el 1 de marzo y el 30 de septiembre de 2020 como consecuencia del COVID-19.
  • Haberse desempeñado tareas presenciales durante el período 01/03/2020 y el 30/09/2020 dentro de algunos de los siguientes rubros: 
    • Personal de los sistemas de salud pública y privada
    • Personal de las Fuerzas Armadas
    • Personal de las Fuerzas de Seguridad
    • Personal de la Actividad Migratoria
    • Personal de la Actividad Aduanera
    • Bomberos
    • Recolectores de residuos domiciliarios
    • Recolectores de residuos patogénicos

​​​​​​​​​​​​​​Cónyuge de la trabajadora o trabajador fallecida/o:

  • Partida de matrimonio actualizada (posterior a la fecha de fallecimiento).
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Conviviente de la trabajadora o trabajador fallecida/o:

  • Unión convivencial
  • O acreditar cinco años de convivencia anteriores e inmediatos a la fecha del fallecimiento. Ese plazo se reduce a 2 años en caso de haber tenido un hijo en común y reconocido por ambos.
     

Hijas/os de la trabajadora o trabajador fallecida/o:

  • Hijas/os solteras/os hasta los 21 años de edad.
  • Hijas/os solteras/os hasta los 25 años, si a la fecha del fallecimiento recibían pago por alimentos (art. 663 del CC).
  • Hijas/os solteras/os cuando sus capacidades se encontraran restringidas a la fecha de fallecimiento del causante sin límite de edad, mientras dure esa restricción.
  • Hijos/as solteros/as, viudos/as y divorciados/as sin límite de edad, a cargo del causante, que se encontraran:
  • Con incapacidad para trabajar a la fecha del fallecimiento del causante.
  • En un estado comprobado de necesidad ocasionado por la escasez o carencia de recursos personales a la fecha en que cumplieran 18 años de edad.
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En todos los casos, se debe presentar:

  • Certificado de defunción donde conste que la causa del fallecimiento fue por haber contraído COVID-19.
  • Constancia de la empleadora o empleador manifestando que se encontraba desempeñando tareas presenciales durante el período 01/03/2020 y el 30/09/2020.

¿Cómo realizar el trámite?

  1. Revisa tus datos personales : Ingresá en mi ANSES con tu CUIL y Clave de la Seguridad Social y revisá que tus datos personales y vínculos familiares estén correctos. Si no lo están, ingresá en Atención Virtual, opción Asesoramiento y consultas para modificarlos.
  2. Ingresá en Atención Virtual: Si tus vínculos están correctos, ingresá en Atención Virtual, opción Asistencia para inicio de Pensión COVID - Ley N° 27.549.