Política

Mega DNU: constitucionalistas sostuvieron tiene una "nulidad absoluta e insanable"

El martes se llevó adelante un encuentro que nucleó a especialistas en Derecho Constitucional para debatir al respecto del DNU 70/2023 de Javier Milei.
Por Redacción Inforama

La reunión se realizó en el anexo del Palacio Legislativo en donde concurrieron especialistas en derecho con el fin de intercambiar opiniones sobre la norma que rige desde hace casi cuatro meses y que, entre otras cosas, eliminó la ley de alquileres.

La Diputada Nacional Silvana Gianoccio, invitó a el decano de la Facultad de Derecho de la UNCa, Gonzalo Salerno; Carlos Ullúa, que es abogado laboralista, vicepresidente de la Asociación de Especialistas en relaciones laborales y Laura Clérico, profesora de Derecho Constitucional en la UBA quienes expusieron en la “Jornada Legislativa multipartidaria de análisis del DNU”.

Catamarca a Diario de Radio INFORAMA se comunicó con Laura Clérico para conversar sobre lo debatido en la jornada y explicó que los invitados a participar de ella "fueron constitucionalistas con perspectivas bien plurales. Sin embargo, todos y todas las que hablaron llegaron a la conclusión que el decreto de necesidad y urgencia 70/2023 debe ser rechazado. Es decir, que es inválido, nulo, de nulidad absoluta e insanable".

"El DNU tiene alrededor de 366 artículos y restringe derechos como a la vivienda, a la salud, a la ley, a la alimentación, derechos a los cuidados y a la protección del medio ambiente, es decir, estamos frente a un decreto de necesidad y urgencia que podríamos decir es una rara avis" explicó la especialista.

Clérico aclara que los Decretos de Necesidad y Urgencia son instrumentos que, según lo explica la constitución, deben utilizarse en situaciones excepcionales que no permitan a los representantes reunirse y cuando se dicta el decreto en diciembre, a los 10 días el Poder Ejecutivo, llamó a sesiones extraordinarias. Por lo que "está demostrado que no había ninguna imposibilidad material de reunión de ambas cámaras y de seguir el trámite ordinario de formación y sanción de las leyes".