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Aumentos sin frenos: subieron los impuestos a los combustibles y hubo recargo del fondo para subsidios de gas

El Gobierno también definió que aplicarán otro incremento el 1° de mayo.

El Gobierno nacional oficializó un aumento en los impuestos a los combustibles líquidos y al dióxido de carbono a partir de hoy 1° de abril, en el marco de un cronograma de  actualizaciones postergadas desde el año pasado. También se definió que otro incremento se aplicará desde el 1° de mayo.

La medida se formalizó mediante el decreto 243/2025, publicado este lunes en el Boletín Oficial con las firmas del presidente Javier Milei, el ministro de Economía, Luis Caputo, y el jefe de Gabinete, Guillermo Francos

Según lo dispuesto, el impuesto sobre los combustibles líquidos para la nafta se incrementará en $5,461 por litro, mientras que el correspondiente al dióxido de carbono subirá $0,335. En el caso del gasoil, los aumentos serán de $4,266 en el impuesto general, $2,310 en el tratamiento diferencial para zonas del sur del país y $0,486 en el tributo al dióxido de carbono.

Estos incrementos responden a actualizaciones pendientes de 2023 y 2024 que, por decisión del Poder Ejecutivo, habían sido diferidas en varias oportunidades. Con este nuevo esquema, los efectos de las actualizaciones correspondientes al primer trimestre de 2024 se aplicarán parcialmente en abril, y el resto, incluyendo los ajustes de los tres trimestres restantes de 2024, impactarán a partir del 1° de mayo, según NA.

La actualización de estos tributos se realiza de manera trimestral, en función de la variación del Índice de Precios al Consumidor (IPC) elaborado por el INDEC, acumulada desde enero de 2018. La postergación de estos aumentos en el último año fue uno de los mecanismos utilizados por el Gobierno para contener el precio final en surtidores, aunque con fuerte impacto en la recaudación.

El nuevo esquema regirá para todos los hechos imponibles que se perfeccionen entre el 1° y el 30 de abril inclusive, mientras que desde mayo comenzará a regir el incremento total por las actualizaciones 
acumuladas. El decreto enfatiza la necesidad de mantener una política fiscal consistente y avanzar con las correcciones impositivas previstas en la legislación vigente.

Por otro lado, el Ministerio de Economía estableció que el recargo correspondiente al Fondo Fiduciario para Subsidios de Consumos Residenciales de Gas será del 6% sobre el precio del gas natural en el Punto de Ingreso al Sistema de Transporte (PIST), según la resolución 356/2025 publicada hoy en el Boletín Oficial.

La medida se aplicará a partir de este 1° de abril y alcanza tanto a los volúmenes comercializados como al autoconsumo. El Ente Nacional Regulador del Gas (ENARGAS) deberá ajustar los procedimientos de facturación para que las distribuidoras trasladen correctamente el recargo a las tarifas finales.

La decisión se enmarca en el proceso de reestructuración de los subsidios energéticos encarado por el Gobierno nacional, en el contexto de emergencia energética y económica declaradas por los decretos 55/23, 70/23 y 1023/24. 

En ese sentido, el Poder Ejecutivo busca avanzar hacia un esquema de subsidios focalizados que reemplace al sistema generalizado financiado históricamente con aportes del Tesoro 
Nacional.

La resolución recuerda que el Fondo Fiduciario fue creado por la ley 25.565 y ampliado por las leyes 25.725 y 27.637, y permite aplicar un recargo de hasta 7,5% sobre el precio del gas natural en el PIST. 

Explicaron que el nuevo valor del recargo fue definido tras una proyección económico-financiera realizada por la Dirección Nacional de Economía y Regulación, que estimó una mayor necesidad de fondos para sostener el régimen de compensaciones del Fondo, en función del nuevo esquema de tarifas y precios definidos por la Secretaría de Energía.

Además, se instruye a las comercializadoras a aplicar y trasladar el recargo en su exacta incidencia sobre el precio de compra del gas en el PIST. En el caso del autoconsumo, el monto a ingresar deberá calcularse según el volumen consumido, el precio promedio ponderado de ventas de la empresa y la alícuota del 6%.