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Mañana vence el plazo para cargar deducciones y percepciones de Ganancias: los detalles

Se trata de una instancia para declarar información que será luego utilizada por el empleador para calcular el impuesto del período fiscal 2024.
Por Redacción Inforama

Este lunes vence el plazo para que las personas en relación de dependencia presenten el Formulario 572 Web a través del sistema Siradig.

Es una instancia para declarar información que será luego utilizada por el empleador para calcular el impuesto a las Ganancias correspondiente al período fiscal 2024.

La carga debe efectuarse a través del servicio “SIRADIG Trabajador”, disponible en la página web de ARCA, mediante clave fiscal, de acuerdo con Infobae.

Allí se detallan las cargas de familia, las deducciones personales previstas en la ley y las percepciones por operaciones en moneda extranjera. La información incluida en el formulario influye tanto en el monto retenido como en la posibilidad de recibir devoluciones por parte del empleador.

De no presentarse la información a tiempo, el trabajador pierde la posibilidad de obtener la devolución automática. En ese caso, deberá iniciar el procedimiento mediante la presentación de la declaración jurada del impuesto, que definió como “engorroso y, en la práctica, poco utilizado”.

Además, en el Siradig se deben informar los familiares a cargo que residan en el país al menos seis meses durante el año y no haber percibido ingresos netos anuales superiores a $3.503.688,17.

En situaciones de pluriempleo, el empleador que paga la mayor remuneración es el encargado de calcular y retener el impuesto. El resto de los ingresos debe ser declarado por el trabajador. “El correcto registro de estos datos permite evitar errores de retención y simplifica los ajustes posteriores”, señaló Gustavo Diez.

El sistema también contempla la posibilidad de deducir distintos gastos personales, sujetos a límites. La cuota médico-asistencial del trabajador y su grupo familiar puede deducirse hasta el 5% del ingreso neto.

Las primas de seguros de vida y retiro admiten una deducción de hasta $195.845,39 anuales, y los intereses pagados por créditos hipotecarios para la compra o construcción de vivienda única pueden deducirse hasta $20.000.

En el caso del personal de casas particulares, se permite deducir las remuneraciones y contribuciones pagadas hasta el monto de la ganancia no imponible.

También pueden deducirse los gastos educativos de hijos o familiares a cargo menores de 24 años que cursen estudios regulares, hasta un tope de $560.590,07.

Respecto del alquiler de vivienda, se puede deducir hasta el 40% del monto anual abonado, siempre que el contrato esté registrado en el servicio “RELI”, el contribuyente no sea titular de inmuebles y los pagos estén respaldados por factura..

Quienes no hayan tenido retenciones por parte de su empleador no están obligados a presentar el Siradig, aunque formalmente exista la obligación.