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El Gobierno fijó el nuevo valor del salario mínimo

El Consejo del Salario se había reunido en los últimos días con la CGT y las dos CTA para lograr un acuerdo más elevado que el ofrecido por las Cámaras Empresarias.

El Gobierno nacional ordenó incrementar el Salario Mínimo Vital y Móvil, desde los $202.800 de marzo $234.315,12 a partir del 1 de mayo. También se determinó la suba de abril, ambas a través de la Resolución 9 en el Boletín Oficial, publicada por la Secretaría de Trabajo.

Esto sucedió debido a la falta de acuerdo en la reunión del Consejo del Salario, que se llevó a cabo en los últimos días con la CGT y las dos CTA. Estas peleaban por un ajuste de hasta 80% del SMVM, contra un 8% de mayo y 5% en junio que propusieron las cámaras empresarias. Ante tanta diferencia, no hubo acercamiento posible y el Gobierno debía decidir.

De esta manera, la normativa indica que el valor del salario mínimo será a partir del 1° de Abril de 2024, de “$ 221.052 para todos los trabajadores mensualizados que cumplen la jornada legal completa de trabajo, conforme el artículo 116 del Régimen de Contrato de Trabajo aprobado por la Ley N° 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias (...)". Además, determinó el valor de la hora para los trabajadores jornalizados en $1105,26.

Mientras que desde el 1° de mayo de 2024, el valor que rige para el SMVM es de $234.315,12: "Para todos los trabajadores mensualizados que cumplen la jornada legal completa de trabajo, conforme el artículo 116 del Régimen de Contrato de Trabajo aprobado por la Ley N° 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, con excepción de las situaciones previstas en los artículos 92 ter y 198, del mismo cuerpo legal, que lo percibirán en su debida proporción". Por su parte, el jornal se ubica en $1171,58.

Finalmente, determinó que la Prestación por Desempleo prevista en el artículo 118 de la Ley Nº 24.013, para los trabajadores convencionados o no convencionados, "será equivalente a un 75% del importe neto de la mejor remuneración mensual, normal y habitual del trabajador en los seis (6) meses anteriores al cese del contrato de trabajo que dio lugar a la situación de desempleo".