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El IPV activa la desadjudicación de viviendas: quiénes pueden perder el techo

El Instituto Provincial de la Vivienda (IPV) aclaró cuáles son los términos y condiciones de los contratos que se firman.
Por Redacción Inforama

A partir del mes que viene, en el IPV se pondrá a disposición una moratoria para que las personas que acumulan deuda en las cuotas de sus viviendas puedan ponerse al día. Hay alrededor de 2000 casos de propietarios que tienen un año, o más, sin pagar sus casas. Así lo confirmó el administrador del organismo, Alberto Barrionuevo, en el estudio de INFORAMA Radio.

“Todos los que estén con deuda en el IPV tienen la posibilidad a partir de este 1° de mayo de ir  y regularizar”, expresó y brindó un dato fundamental en cuanto a esto: “Lo que se pone en este riesgo acá es la desajudicación de la vivienda a todo aquel que no cumpla con los pagos”.

En cuanto a retirar la adjudicación de las viviendas, Barrionuevo contó también sobre los casos de usurpación, sobre los que están haciendo especial hincapié en el  organismo. Relató que el viernes lograron recuperar una casa que estaba en esa condición. Y siguiendo con los detalles sobre estas particularidades, dijo que hay entre 40 y 45 casas en la Capital que no se habitan o fueron usurpadas y por ende se están haciendo las averiguaciones pertinentes para recuperarlas, en caso de ser atinado.

Es decir, las viviendas en condiciones de ser desadjudicadas por parte del IPV son aquellas cuyos propietarios no estén ocupando, no tengan las cuotas al día y estén en calidad de usurpadas.

“También quiero dejar claro a todo aquel que procede de esta manera y estuviera inscripto en el IPV automáticamente, lamentablemente, tendrá que salir de nuestro padrón de beneficiarios, porque no podemos admitir que alguien tome una vivienda”, expresó Barrionuevo.

El funcionario del Ministerio de la Vivienda de Catamarca puso énfasis además, en que todos los contratos de adjudicación que se firman entre el organismo y los propietarios, tienen puntos clave como que: no pueden alquilarse; no pueden ser vendidas; y los dueños tienen un plazo de 30 días para habitarla. Otro de los ítems principales es la actualización del valor de la vivienda que se registra todos los años. “Cada uno tiene que ser consciente de lo que firma”, señaló  Alberto Barrionuevo.