La mayoría entendemos que estamos en veda electoral, pero aún así desconocemos la letra chica. ¿Qué actividades están del todo prohibidas y cuáles sí se pueden realizar? ¿Se puede salir a comer? ¿Ir al cine? ¿Se puede circular?
A partir de las 8 del viernes hasta las 21 del 13 de agosto entramos en una veda electoral.
El Juzgado Electoral emitió un comunicado de cuáles son las actividades que están prohibidas en el desarrollo de esas 48 horas:
Qué sí se puede hacer el sábado y hasta qué hora:
El sábado estarán abiertos los restoranes, las confiterías, los bares, shoppings, kioscos hasta las 2 del día domingo, es decir en la madrugada. A partir de las 2 de la mañana del domingo hasta las 21 de ese mismo día estarán cerradas.
La prohibición absoluta durante ese periodo es la venta o expendio de bebidas alcohólicas.
Lo que no se puede hacer es cualquier actividad de público masivo: boliches, peñas, espectáculos públicos o deportivos.
¿Se puede realizar una fiesta en plena veda electoral?
El propósito de la veda electoral es garantizar la libertad del voto y su secreto. Por eso, la mayoría de las prohibiciones tiene que ver con no “inducir” el voto, ya sea publicando avisos o haciendo reuniones proselitistas.
Claramente un festejo privado no entra en estas características, pero el hacer ruidos molestos y estar consumiendo alcohol puede ser considerado como una violación a ese principio general de la veda.
Por ende, si bien no está del todo prohibido, es importante que sepas que puede que algún vecino llame a la Policía y se arruine el festejo bajo el argumento de que se está violando la veda electoral.