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La oposición busca que el Gobierno rinda públicamente sus contrataciones

Los legisladores Enrique Cesarini y Natalia Saseta proponen agregar un inciso a la Ley de Obras Públicas que implique la obligación de informar adónde van los fondos provinciales.


Los diputados provinciales Enrique Cesarini y Natalia Saseta, pertenecientes a PRO, Juntos Por el Cambio, presentaron un proyecto destinado a modificar la Ley de Obras Públicas. El objetivo es establecer la obligación por parte del gobierno de hacer públicas todas las contrataciones, licitaciones, concursos o concesiones a través del Boletín Oficial y de medios de difusión masiva.

En los fundamentos de la iniciativa, los legisladores señalan que en la actualidad "las compras o contrataciones de bienes o servicios, así como la ejecución de diversas obras públicas, en cualquiera de las modalidades contempladas por la legislación vigente (compra directa, concurso de precios, licitaciones públicas o privadas), son completamente desconocidas para los ciudadanos".

Específicamente, los legisladores solicitan la modificación de la Ley N° 2730 de Obras Públicas mediante la adición de dos artículos: el Artículo 95 y el Artículo 96, cuyos textos serían los siguientes:

"Artículo 95: Todas las obras públicas que se vayan a ejecutar, sin importar el procedimiento administrativo elegido para su realización (contratación directa, licitación, concurso, concesión, etc.), deberán especificar detalladamente los siguientes aspectos: descripción de la obra a realizar, ubicación precisa, tipo de contratación estatal utilizada, nombre y tipo societario de la empresa seleccionada para llevar a cabo la obra, plazo de ejecución, fecha de finalización, presupuesto final de la obra, costos de mano de obra empleada, desglose del origen de los fondos utilizados (indicando si provienen de fuentes externas o nacionales, si son reintegrables, tasas de interés y plazos), proveedor y costos del material a utilizar, y ganancias y tributación municipal, provincial y nacional de la empresa seleccionada".

"Artículo 96: La información requerida en el artículo anterior deberá ser publicada en el Boletín Oficial y en un diario de circulación provincial durante un período de tres días hábiles. Además, deberá ser de acceso permanente en el sitio web y redes sociales oficiales del Ministerio de Infraestructura y Obras Civiles de Catamarca, o en su defecto, en el medio que lo sustituya, con el fin de asegurar la comunicación de la obra realizada a la ciudadanía. Sin perjuicio de los canales de publicación preestablecidos, la Administración tendrá la facultad de determinar otros medios de difusión".