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La Justicia desestimó los argumentos del sector Fama, y los radicales deberán disputarse los cargos en internas

La resolución reconoce que la Junta Electoral Partidaria cometió un “error material en la oficialización”, que luego fue subsanado. También se niega que esta situación “guarde correspondencia” con lo que el sector de Flavio Fama acusaba de haber sido perjudicado en 2015.
Por Lucia Acosta

La Justicia Electoral mandó a los radicales a dirigir sus cargos provinciales en las urnas.

Luego de las presentaciones y pedidos de apelación presentados por la Alianza Renovación y Cambio Radical, finalmente la Justicia entendió que si bien hubo errores, los mismos fueron subsanados y la jurisprudencia indica que “la interpretación de normas procesales no puede prevalecer sobre la búsqueda del esclarecimiento de la verdad jurídica objetiva”.

La Alianza Renovación y Cambio Radical -que propone a Natalia Herrera y Fernando Navarro como cabezas de lista- habían impugnado ante Junta Electoral de la UCR, acusando “vicios insalvables en la conformación de la lista” de la Alianza Ahora Radicalismo.

Según la Resolución N° 2195/2023, “no existe ninguna duda que las subsanaciones a las observaciones formuladas en contra de los candidatos de la alianza impugnada, fueron efectivamente realizadas”, y que tales nunca fueron negadas por la Junta Electoral.

Sin embargo, reconoce un “error material en la oficialización”, respecto del cual la alianza cuestionada resulta totalmente ajena.

Para la Justicia, “fundar la impugnación en vicios de índole procesal, implicaría incurrir en un exceso ritual manifiesto en perjuicio mismo de la cuestión fondal relacionada con la participación”, por lo que entienden que si tales errores fueron subsanados, el fin de la cuestión está resuelto.

Por último, la Resolución rechaza enfáticamente que esta situación pueda ser comparable a lo ocurrido en 2015 con el por entonces candidato Flavio Fama.  

“Enfáticamente negamos que la cuestión que hoy nos toca elucidar, guarde identidad o correspondencia doctrinarias con los asuntos ventilados por la misma fuerza política en anteriores procesos eleccionarios, y que por lo tanto merece la misma solución, pues aquellos estaban referidos a las consecuencias de los incumplimientos verificados y, en éste caso, a la inversa, de la efectividad de los cumplimientos".

Finalmente, la Justicia determina que ambas alianzas quedan oficializadas y deberán ser notificadas para seguir con el proceso electoral. El 2 de abril, se dirimen en las urnas.

La resolución