La normativa brinda información nutricional comprensible de los alimentos envasados y bebidas analcohólicas para resguardar los derechos de las y los consumidores; haciendo énfasis en niños, niñas y adolescentes.
Desde el Ministerio de Salud, se busca advertir a las y los consumidores sobre los excesos de azúcares, sodio, grasas saturadas, grasas totales y calorías, para prevenir la malnutrición en la población y reducir las enfermedades crónicas no transmisibles.
En el país se observan graves problemas de salud pública que producen el sobrepeso y la obesidad, que además crecen de manera sostenida: más del 40 por ciento de niños y niñas y el 60 por ciento de la población adulta sufren de este tipo de problemas.
Por lo cual, es importante la implementación de herramientas que adviertan sobre los excesos de nutrientes críticos como los azúcares, sodio y grasas no saturadas incluidos en los productos alimenticios que se consumen a diario.
Cabe mencionar que en Argentina se consumen azúcares, sodio y grasas saturadas, superando los niveles recomendados por la Organización Mundial de la Salud (OMS), ya que esos nutrientes críticos están ocultos en los productos procesados y ultraprocesado y, cada vez más, ingresan a las dietas de las personas. En cuanto al azúcar común, aceites vegetales, frutos secos y sal común de mesa, no están obligados a tener el sello de advertencia en la cara principal.
Los valores máximos de referencia de azúcares, grasas saturadas, grasas totales y sodio deben cumplir los límites del Perfil de Nutrientes de la Organización Panamericana de la Salud; en cuanto al valor energético, la autoridad de aplicación debe establecer parámetros específicos para su determinación.
También es importante resaltar que a partir de esta Ley, otros países lograron modificar los hábitos de consumo.