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Cuestionan una consulta pública por un dique a construir en Las Juntas

La consulta fue realizada en la mañana de este martes 27, pero todos tomaron conocimiento un día antes, a través de un flyer oficial del ministerio difundido por las redes sociales y una plataforma de mensajería.
Por Redacción Inforama

El Ministerio de Agua, Energía y Medio Ambiente convocó a una consulta pública para la construcción de la Presa La Herradura, en la localidad de Las Juntas (Ambato), lo que para un grupo de abogados y vecinos fue irregular, ya que no se garantizaron las pautas establecidas por la Ley General del Ambiente en cuanto a la participación de la ciudadanía.

La consulta fue realizada en la mañana de este martes 27, pero todos tomaron conocimiento un día antes, a través de un flyer oficial del ministerio difundido por las redes sociales y una plataforma de mensajería.

Uno de los abogados presentes en la consulta fue Julio César Andrada, especialista en Medio Ambiente, quien acercó a INFORAMA su postura. Expresa textualmente:

“La convocatoria a la consulta pública -Presa La Herradura- se hizo solapadamente, tratando de que no se conozca, ya que la comunicación que contenía el flyer de invitación para el día de la fecha, recién pudo conocerse en horas de la tarde de este lunes 26 por Whatsapp.

Como se advierte en el video que se muestra en Youtube (https://www.youtube.com/watch?v=e1s_0qV_9BE), se presentó el proyecto como un hecho consumado, informándose sorpresivamente a los presentes de que el “proyecto o Informe de Impacto Ambiental” estaba a disposición en la Municipalidad o en un sitio web oficial, donde se podía consultar, intentando legitimar un proceso ilegal y fraudulento de convocatoria.

La audiencia del día de la fecha fue formalmente impugnada por estar viciada de nulidad, al no haberse respetado lo que dice la ley General del Ambiente (N° 25.675) y la del Régimen de Libre acceso a la Información Pública (25.831).

Empezaron los funcionarios y técnicos a decir que se trataba de un dique nivelador, otro de un plan de represas en cuyo diseño estaba comprometido el CFI, también se habló de que su función sería un dique contenedor de sedimentos del dique Las Pirquitas y la creación de una presa hidroeléctrica proveedora de 0,50 MW, hablando de energía limpia y la construcción un paredón de concreto de 64 mts. de altura y de un acueducto. También se llegó a hablar de un cambio de paradigma respecto a una supuesta producción agrícola, como en el Este, lo que la zona no lo permite. Se habló del beneficio que reportaría en el combate de incendios forestales, cuando carecemos de aviones hidrantes o helicópteros que puedan actuar. Finalmente, se puso el énfasis en el turismo y en crecimiento, la muletilla más usada para imponer inversiones que van en contramano de lo que en el planeta de está imponiendo, el ‘decrecimiento’ debido al proceso acelerado de degradación y colapso ambiental.

La ley establece obligatoriamente un proceso de información previa y el aseguramiento de la participación ciudadana, principalmente en los procedimientos de evaluación de impacto ambiental y en los planes y programas de ordenamiento ambiental del territorio, en particular en las etapas de planificación y evaluación de resultados.

Todo ello no se cumplió, sino que nos sorprendieron con un paquete o proyecto ya concluido y listo para ejecutarse, pese a quien le pese, circunstancia que se puede observar en el vídeo.

Se ha actuado con una liviandad y ligereza vergonzosa, llegando a justificarse diciendo que el proyecto se hace porque ‘lo necesitamos’ (sic). Llevaron un paquete cerrado actuando con suma celeridad o ligereza, presentando algo que desconocemos y en lo que no hemos participado. Detrás de este proyecto, inviable técnica y económicamente, existe una maniobra oculta que amenaza gravemente al ambiente puesto que se están desechando por completo por embalses o trasvase de cuencas o cualquier intervención en las cuencas hídricas debido al déficit hídrico mundial por el calentamiento global. No se explicó el costo de la obra ni los criterios de conveniencia y oportunidad y examen de alternativas técnicamente viables y, por otro lado, se atentó contra la buena fe pública intentando legitimar el proceso de participación ciudadana a simples convidados de piedra que consintieron un proceso fraudulento. Por último, este proyecto tiene un fuerte impulso sustentado en la recreación y el hedonismo, asociado a un fuerte negocio inmobiliario o de inversión oculto y en el cual el Gobierno provincial ya ha determinado la expropiación de las tierras del proyecto”.

Render del proyecto del dique La Herradura, presentado hoy en la consulta en Las Juntas.

Qué dice la ley

ARTICULO 19. — Toda persona tiene derecho a ser consultada y a opinar en procedimientos administrativos que se relacionen con la preservación y protección del ambiente, que sean de incidencia general o particular, y de alcance general.

ARTICULO 20. — Las autoridades deberán institucionalizar procedimientos de consultas o audiencias públicas como instancias obligatorias para la autorización de aquellas actividades que puedan generar efectos negativos y significativos sobre el ambiente.

La opinión u objeción de los participantes no será vinculante para las autoridades convocantes; pero en caso de que éstas presenten opinión contraria a los resultados alcanzados en la audiencia o consulta pública deberán fundamentarla y hacerla pública.

ARTICULO 21. — La participación ciudadana deberá asegurarse, principalmente, en los procedimientos de evaluación de impacto ambiental y en los planes y programas de ordenamiento ambiental del territorio, en particular, en las etapas de planificación y evaluación de resultados.