
Según trascendió este martes, el Gobierno Nacional tiene pensado dar de baja Ley de Alquileres que entró en vigencia en julio de 2020. La iniciativa surgió luego de una reunión que mantuvo el Presidente Alberto Fernández con el ministro de Economía, Sergio Massa. El objetivo es lograr un proyecto superador a esta ley que generó un perjuicio tanto a propietarios como inquilinos en todo el país.
Durante la charla, Fernández y Massa coincidieron en que la controvertida ley que regula los alquileres se debe cambiar. Aunque aún no se conoce cómo y cuáles serán los lineamientos que definirán la nueva norma para regular los contratos de locación y vivienda en todo el país. Pero está la convicción de que hay que hacerlo.
La decisión estaría definida, algo que desde hace varios meses viene circulando en los pasillos de los despachos tanto del Poder Ejecutivo como Legislativo. A pesar de varios intentos de cambios y reformulación de la actual ley 27.551, el dato es contundente: desde su puesta en vigencia del 1° de julio de 2020, el aumento de los alquileres alcanzó el 245% en casi tres años.
La inflación galopante, las paritarias que no superan la pauta de aumentos y el casi nulo acceso al crédito hipotecario, fueron las variables que potenciaron aún más el explosivo panorama que enfrentan tanto propietarios como inquilinos, a la hora de definir los valores de los alquileres en un contrato.
En el cónclave, del que trascendieron escasos detalles, sí se acordó dar de baja la ley de alquileres, que fija nuevas reglas como tres años de contrato y ajuste por inflación y variación salarial, en un contexto inflacionario que generó por igual quejas de inquilinos y propietarios.
En este marco, surgieron algunas cuestiones relacionadas a lo que pasaría con los contratos vigentes y los nuevos, por lo que Mariano García Malbrán, presidente de la Cámara de Empresas de Servicios Inmobiliarios (CAMESI), expresó que en la suspensión debería detallarse el procedimiento a seguir en los contratos vigentes con la nueva ley y los que se firmen de aquí en adelante con la ley ya suspendida.
Una de las posibilidades es que en los contratos vigentes se sigue aplicando la ley actual recientemente suspendida, ya que las cláusulas del contrato de locación fueron negociadas y consensuadas con dicha ley.
Por otra parte, en relación con los contratos que se firmen de aquí en adelante, se baraja la posibilidad de que mientras no se dicte una nueva norma, se rijan por la antigua ley de alquileres. En este supuesto se podrá fijar un mínimo plazo contractual de dos años y la actualización podrá ser negociada libremente por las partes.
