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APANE informó a la comunidad educativa la situación financiera que atraviesa la institución

APANE dio una reunión informativa con el fin de dar a conocer la situación financiera que atraviesan y que se está reflejando en las rendiciones mensuales.
Por Lourdes Costanzo

En este contexto, se puso en conocimiento de la comunidad educativa sobre las condiciones en que fueron presentadas las rendiciones de cuenta de los fondos que el Estado Provincial le transfiere a esta institución en el marco de la Ley 3.387 de Educación Privada, fondos que tienen como destino el pago de los sueldos, aportes y contribuciones, destacando que APANE cuenta con la subvención del 100% de la POF (Planta Orgánica Funcional) aprobada.

Las rendiciones de cuenta permitieron advertir numerosas inobservancias en cuanto a los pagos de aportes y contribuciones con destino tanto al sistema de seguridad social, como así también al sistema de la obra social; se observaron pagos parciales del formulario “F931” AFIP en diferentes períodos, generando estos incumplimientos una deuda que a la fecha supera los cinco millones de pesos, deuda que fuera reclamada mediante el inicio de juicios ejecutivos por el citado organismo de recaudación.

Se informó, además, desde la asociación APANE, la existencia de cinco juicios, los que se encontraban en diferentes grados de avance, dos de ellos con oficios de embargo por los que se inmovilizaron los fondos que el Estado transfirió oportunamente a la asociación. Asimismo, se notificó a la comunidad de la gravedad de los alcances de tales incumplimientos tanto para la institución, como para el personal al que no se estaban efectuando sus aportes de manera regular.

Por otro lado, se comunicó sobre la omisión en diferentes tramitaciones que debieron realizarse ante la institución financiera en la que se encuentra abierta la cuenta que recibe las transferencias del Estado a efectos de resguardar los fondos objeto de la subvención estatal, puesto que la Ley 3.387 mencionada, prevé la inembargabilidad de esos fondos. En el mismo sentido se informó sobre la omisión en las tramitaciones que debieron realizarse ante AFIP a efectos de acceder a una exención en el impuesto a los débitos y créditos bancarios o acceder a una tasa diferencial conforme la actividad que desarrolla la asociación y la finalidad de su existencia.