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¿A partir de qué edad hay consentimiento sexual? El juez Morabito explicó los alcances de la Ley

Las repercusiones y debates alrededor del conductor Jey Mammon por la denuncia de abuso sexual siguen tras el descargo público que realizó el artista.
Por Redacción Inforama

El juez de Menores, Rodrigo Morabito, mediante un hilo en la red social Twitter explicó los alcances del Código Penal sobre abuso sexual y consentimiento. “En los delitos sexuales, la ley penal establece que cualquier acto sexual (aun con consentimiento) por debajo de los 13 años es abuso sexual. Esto no se discute. Se trata de una presunción iure et de iure (no admite prueba en contrario). Probada la edad (menos de 13) es delito”, describió el letrado.

Morabito siguió: “Ahora bien, más allá de los 13 años para que exista abuso debe mediar violencia, amenaza, abuso coactivo o intimidatorio de una relación de dependencia, de autoridad, o de poder, o aprovecharse (el autor) de q la víctima por cualquier causa no haya podido dar su consentimiento”. “Por debajo de los 13 años un acto sexual cualquiera será delito (abuso sexual); por encima de los 13 años se puede consentir una relación sexual y para q sea abuso sexual el consentimiento debe estar viciado por algunos de los supuestos mencionados”, explicó en otro párrafo.

Lucas Benvenuto denunció a Juan Martín Rago, conocido en el mundo del espectáculo como Jey Mammon, por un presunto caso de abuso sexual, cuando él tenía 14 años y el acusado 32. El acusado ayer publicó un video de 7 minutos en su perfil de Instagram en el que se defendió de las acusaciones. Reconoció el vínculo con el joven, pero apuntó que no tenía 14, sino 16 años cuando sucedieron los hechos, buscando restarle gravedad al asunto.

En su exposición, Morabito manifestó que “aun cuando hubiere consentimiento, debe probarse para que sea delito (insisto, entre los 13 y los 16) que el autor se valió de su mayor edad en la que debe haber una diferencia palmaria (por ejemplo alguien de 45 con un niño o niña de 15 años). Además, debe probarse que el autor se aprovechó de una inmadurez sexual, basándose es su relación de preeminencia (ventaja de la que goza ese persona respecto del niño o niña; por ejemplo un profesor). Si no se dan estas circunstancias, no habrá delito sexual”.