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Nuevo decreto prohíbe el uso de aviones estatales para actividades privadas

La normativa abarca a todos los aviones pertenecientes a Nación, Provincias, Municipios y entes descentralizados del Estado
Por Redacción Inforama

El Gobierno Nacional ha implementado una serie de cambios significativos en la utilización de aeronaves públicas con la publicación del Decreto 2024-712, firmado por el presidente Javier Milei y difundido recientemente en el Boletín Oficial. Estas modificaciones buscan ajustar el uso de los aviones estatales y mejorar la transparencia en su administración.

El Decreto establece que las aeronaves públicas estarán restringidas exclusivamente a actividades relacionadas con el servicio del poder público. Esto implica una prohibición total de su uso para actividades que podrían ser consideradas propias de aeronaves privadas, como vuelos de negocios no oficiales o viajes personales de funcionarios.

A partir de ahora, las aeronaves privadas de titularidad estatal, ya sean nacionales, provinciales, de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, municipios, o empresas estatales, "podrán realizar actividades aerocomerciales y de trabajo aéreo siempre que cuenten con las autorizaciones correspondientes de la autoridad aeronáutica."

El decreto también instruye a los servicios de navegación aérea para que den prioridad operativa a las aeronaves públicas. Además, establece que las aeronaves públicas podrán ser objeto de contratos interjurisdiccionales de utilización siempre que todas las partes involucradas pertenezcan al Sector Público.

Finalmente, la normativa establece que la Administración Nacional de Aviación Civil (ANAC), tiene un plazo de 120 días para emitir una normativa específica que regule el uso de aeronaves públicas y privadas de propiedad estatal.