Catuchas

Matrimonio o unión convivencial: qué prefieren los catamarqueños a la hora de legalizar su relación

Son las dos formas legales aceptadas en el país para sellar una relación de pareja.

El Código Civil y Comercial de Argentina admite que las personas pueden estar juntas legalmente ante el Estado ya sea a través de los trámites de matrimonio civil o de la unión convivencial para formalizar legalmente un vínculo sexoafectivo.

“Desde lo normativo y también en el plano simbólico, la institución del matrimonio contiene un modelo, un ideal de familia que da cuenta de lo deseable, de lo socialmente aceptable, de lo permitido y de lo vedado en distintos momentos y contextos socioculturales. En la Argentina el derrotero jurídico seguido por esta institución no fue excepcional”, dice el artículo de la revista científica Scielo, titulado “Cuidar la familia, forjar la nación”. La institución matrimonial y el modelo de familia. Argentina, Siglos XIX-XX. Siguiendo ese hilo, Catamarca no es la excepción. A diferencia de otras provincias del país, las parejas siguen optando por ese tipo de unión a la hora de pasar sellar su vínculo amoroso.

Los datos brindados por el área Demográfico del Registro Civil Catamarca indican que, en el periodo de un año, entre los meses de junio 2023 a junio 2024, 2 parejas o más contrajeron matrimonio civil por día, arrojando un total de 859 actas registradas en toda la provincia.

Por otra parte, el registro de uniones civiles cerró en el mismo periodo, cifras de 230 celebraciones de este tipo en la dependencia provincial.

Vale mencionar que ambas figuras se realizan en las instalaciones del Registro Civil, en domicilios particulares o Juzgados de Paz.

La ley

El nuevo Código Civil y Comercial de la Nación regula y reconoce como nueva forma de organización familiar a la “unión convivencial” para dejar sin efecto el término concubinato por considerarlo despectivo. En este sentido, el Artículo 509 del Código Civil explica que la Unión Convivencial será “la unión basada en relaciones afectivas de carácter singular, pública, notoria, estable y permanente de dos personas que conviven y comparten un proyecto de vida común, sean del mismo o de diferente sexo”.

¿Sellar una unión convicencial?

A julio de 2024, las parejas interesadas en solicitar la legislación deben hacerlo en la Oficina Central de Registro Civil Catamarca, de lunes a viernes en el horario de 7:30 a 12:30 para agendar fecha y hora del trámite. Los requisitos es la convivencia de dos años como mínimo, la presencia de dos testigos mayores de 18 años con su DNI y copia, la reposición fiscal de $2400 en estampillas provinciales, de las cuales $2100 en estampillas se adhieren en el acta y $300 se adhieren en el acta que se entrega a la pareja. También se solicita que la pareja no debe tener vínculos de parentesco entre sí, no estar casados ni tener registrada otra convivencia simultánea. Las personas viudas deben presentar acta de matrimonio y Acta de defunción del cónyuge mientras que las personas divorciadas deben presentar acta de matrimonio con marginal de divorcio vincular. 

Por otra parte, y para realizar la desvinculación o “cese de la unión convivencia”, el trámite es totalmente gratuito, y no requiere de intermediarios, pues se realiza en el área de Asesoría Legal del Registro Civil Catamarca

Para “dar de baja” a la unión convivencial se requiere, en el caso de que el cese se produzca por mutuo acuerdo: la presencia de las partes interesadas, pero también se puede realizar de manera unilateral con la presencia de una de las partes, por lo que se procederá a realizar una notificación por carta documento destinada a la otra parte.

¿Casarse?

En cuanto a las consideraciones sobre matrimonio civil, el Derecho Civil estipula en el artículo 296, que se trata de un contrato civil por el cual dos personas se unen voluntariamente en sociedad, para llevar una vida en común, con respeto, ayuda mutua e igualdad derechos y obligaciones. Se trata de una figura legal, una ceremonia social y religiosa, (de acuerdo al credo y a la fe de cada persona), y podría decirse que es una entidad cultural y tradicional.

Para agendar la fecha y hora de realización de un casamiento, los contrayentes deben dirigirse a la oficina Central del Registro Civil de lunes a viernes en el horario de 7:30 a 12:30 horas, para retirar el formulario y abonar la reposición fiscal de $2400 en estampillas provinciales, de las cuales $2100 en estampillas se adhieren en el acta y $300 se adhieren en el acta que se entregará a la pareja. Dos días antes de la fecha estipulada deben presentar los siguientes requisitos: solicitud de matrimonio, acta de nacimiento de la pareja, DNI original y fotocopia de ambos y la presencia de dos testigos mayores de edad con su DNI original y una fotocopia.