
Los programas de la Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES) suelen acompañar al beneficiario durante toda la vida, pero el organismo también tiene activa una asistencia económica pensada para paliar los costos de sepelio en determinados escenarios que fija la legislación, brindando un apoyo a los allegados.
El Subsidio de Contención Familiar es un reintegro económico que puede gestionar quien haya abonado el funeral, siempre y cuando se ajuste a los criterios establecidos por ANSES y entregue la papelería obligatoria. Para julio de 2026, el valor llega a los $15.000. La ayuda no aplica para cualquier deceso: la normativa delimita situaciones concretas y determina quiénes pueden tramitarlo de acuerdo a la causa del fallecimiento y el parentesco con el fallecido.
En qué consiste el Subsidio de Contención Familiar y quiénes pueden recibirlo
Se trata de una prestación destinada a los familiares que hayan solventado los gastos de entierro, inhumación o cremación de una persona que perteneciera a alguna de estas categorías:
- personas desempleadas
- trabajadores sin registro
- monotributistas encuadrados en las categorías A y B
- empleados de casas particulares
- titulares de la Asignación por Embarazo
- beneficiarios de la Asignación Universal por Hijo (AUH)
- niños, adolescentes o adultos mayores con discapacidad
Además, la Ley 27.764 incluye esta cobertura ante el fallecimiento de un niño o adolescente que estuviera bajo tratamiento oncológico. En estos casos, el deceso debe haber ocurrido después del 26 de julio de 2022, momento en que entró en vigor la Ley 27.674 de Oncopediatría.
En esa situación, la gestión puede realizarla:
- la madre
- el padre
- el representante legal
Quien lleve adelante el trámite debe comprobar que pagó el servicio de sepelio, funeral o cremación del menor de 19 años.
La clave para obtener los $15.000 de reintegro: requisitos indispensables
El subsidio otorga un monto fijo de $15.000 en julio de 2026. ANSES entrega esta suma como devolución a quienes demuestren haber cumplido con todas las exigencias que establece la prestación. El importe no varía en función del haber que percibiera el fallecido: la entidad aplica el mismo valor para todos los casos incluidos en la norma.
Contar con la documentación requerida es un paso ineludible para obtener el beneficio. ANSES aprueba el pago únicamente cuando el solicitante acredita la defunción y demuestra que sufragó el costo del servicio fúnebre.
Cada expediente debe cumplir con las condiciones previstas según el caso correspondiente. La causa del deceso define los requisitos específicos y también quiénes están facultados para reclamar el reintegro.
Cómo gestionar el trámite en ANSES antes de que expire el plazo
Respetar los tiempos es una condición clave para acceder al subsidio. El solicitante debe entregar toda la documentación exigida por el organismo dentro del año siguiente a la fecha del fallecimiento del jubilado o pensionado. ANSES revisará la información antes de autorizar el reintegro.
Instrucciones paso a paso
Reunir:
- DNI del solicitante
- acta de defunción de la persona fallecida
- factura o comprobante del servicio de sepelio emitido a tu nombre
- constancia de CBU bancaria a tu nombre (para recibir la transferencia)
Iniciar el pedido:
- por internet: accedé a la plataforma, completá tus datos y adjuntá la documentación solicitada.
- de forma presencial: entrá a "Turnos Anses" para pedir una cita en la oficina más cercana y presentar los papeles en persona
Confirmar el pago:
- una vez que la documentación sea aprobada, el dinero se depositará en la cuenta bancaria registrada


