Después de una serie de idas y vueltas judiciales, se emitió una orden judicial para que la ANSES proceda de manera efectiva con la devolución de la pensión por fallecimiento de Néstor Kirchner a la exmandataria Cristina Kirchner. Este beneficio había sido suspendido en 2024 y, en febrero de este año, la Sala III de la Cámara Federal de la Seguridad Social ya había hecho lugar al recurso de la dirigente, disponiendo una suspensión parcial de la decisión del organismo previsional estatal.
La nueva intimación judicial establece un plazo de 10 días para que la demandada "dé cumplimiento a lo resuelto por la Sala III" en aquella sentencia.
La reintegración del haber jubilatorio a Cristina Kirchner
El documento judicial, firmado por la jueza federal Karina Alonso Candis, fue dado a conocer este miércoles y fija la fecha límite para la restitución "bajo apercibimiento de ejecución".
"Se deja expresamente aclarado que la presente intimación se limita al cumplimiento de la medida cautelar en los términos en que fue concedida por el Superior, no comprendiendo el pago de sumas retroactivas ni intereses, por no haber sido ello materia de decisión en la medida cautelar otorgada", reza el texto.
El recorrido de la restitución
En febrero, la Cámara Federal de la Seguridad Social había emitido un nuevo fallo en la causa sobre la suspensión de los beneficios previsionales de la expresidenta Cristina Fernández de Kirchner, declarando y ordenando “suspender los efectos de la resolución 2024-1092-ANSES, en relación al beneficio derivado del fallecimiento de quien en vida fuera su esposo, mientras dure la sustanciación del presente juicio”. La jueza Nora Dorado no participó en esta decisión por estar de licencia.
El tribunal argumentó que la ANSES no podía dar de baja el beneficio de forma definitiva, sino que, en todo caso, correspondía suspenderlo, y criticó la decisión de eliminar ambas prestaciones basándose en “cuestiones de honor”.
En paralelo, la Cámara ratificó la quita de la asignación vitalicia como presidenta de la Nación, considerando que la condena en la causa Vialidad habilitaba esa medida administrativa.
El expediente se enmarca en una serie de resoluciones iniciadas en noviembre de 2024, cuando la jueza Karina Alonso Candis, del Juzgado Federal de la Seguridad Social N° 1, denegó una medida cautelar de la defensa de la exmandataria para impedir la suspensión de las prestaciones. Esa decisión fue apelada por la defensa, encabezada por el abogado Fernández Pastor en materia previsional, lo que llevó a la intervención de la Cámara.
La medida del organismo previsional se había tomado luego de que la Cámara Federal de Casación Penal confirmara la condena en la causa Vialidad, por la que la exmandataria cumple actualmente prisión domiciliaria en el departamento de San José 1111, en el barrio porteño de Constitución.
Más recientemente, la Cámara Federal de la Seguridad Social rechazó en abril un recurso extraordinario de la ANSES contra la devolución de la pensión, dejando firme esa resolución. El Gobierno, por su parte, anticipó que elevará el caso a la Corte Suprema.
En su fallo, el tribunal reiteró que la pensión no podía ser eliminada sino, en todo caso, suspendida, y volvió a calificar como improcedente la eliminación de ambas prestaciones bajo el argumento de “cuestiones de honor”. Sin embargo, confirmó la validez de la suspensión de la jubilación de privilegio por el cargo de presidenta, al considerar que la condena judicial habilita esa medida.
