El Gobierno nacional decidió este jueves sumar nuevas excepciones al Impuesto sobre los Créditos y Débitos en Cuentas Bancarias, más conocido como impuesto al cheque, con la intención de actualizar la normativa frente a las nuevas realidades del negocio financiero y los cambios tecnológicos de los últimos años. La medida impacta de lleno en empresas del mundo cripto, billeteras digitales, compañías de cobranzas online, administradoras de pagos, operadores de tarjetas y firmas de transporte de valores.
La iniciativa se plasmó en el Decreto 475/2026, difundido en el Boletín Oficial, a través del cual se modifica el marco reglamentario de la Ley de Competitividad. Desde el Ejecutivo sostuvieron que la actualización busca adecuar el tratamiento impositivo de ciertos integrantes del sistema financiero y nivelar las condiciones entre quienes realizan tareas análogas pero reciben un abordaje fiscal diferente.
Nuevas exenciones al impuesto al cheque para empresas cripto y billeteras virtuales
Entre los puntos salientes, se establece una exención para las cuentas destinadas de manera exclusiva a los Proveedores de Servicios de Activos Virtuales, siempre que figuren en el registro correspondiente de la Comisión Nacional de Valores (CNV). El beneficio abarca las transacciones propias de su giro comercial y exige que las cuentas estén también inscriptas ante la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA), el organismo que reemplazó a la AFIP.
El nuevo decreto también extiende ventajas para las empresas dedicadas a servicios de pagos y cobranzas electrónicas por cuenta y orden de terceros. Desde ahora, la excepción comprende las transacciones relacionadas con la entrega o depósito de billetes en cuentas bancarias o de pago, y alcanza a las cuentas usadas por representantes oficiales de esas compañías cuando se empleen exclusivamente para dichas operaciones.
Este mismo tratamiento se hace extensivo a las empresas de cobranzas electrónicas que funcionan como agencias complementarias de servicios financieros y a los movimientos que ejecuten dentro de su actividad.
Se suma además una dispensa para las cuentas que utilizan aquellos sujetos que administran o trasladan fondos ajenos con destino a operaciones de cobranza, con la condición de que el beneficiario último sea un consumidor y que los operadores estén inscriptos en los registros habilitados para tal fin.
La norma también libera del impuesto a las cuentas utilizadas de forma exclusiva por empresas operadoras de sistemas de tarjetas de crédito, compra y débito, en lo que respecta a débitos originados en préstamos bancarios para financiar su actividad y a los movimientos vinculados con la emisión y cancelación de obligaciones negociables con ese propósito.
Por último, el Ejecutivo incorporó una exención concreta para las cuentas usadas por empresas transportadoras de caudales para rendir a sus clientes el dinero en efectivo recolectado. Como requisito, deberán estar registradas ante el Banco Central de la República Argentina (BCRA).
En la Casa Rosada indicaron que los cambios responden a la urgencia de acomodar la legislación tributaria a la evolución tecnológica y al nuevo esquema normativo que regula a varios actores del ecosistema financiero. Las disposiciones empezaron a regir este jueves y se aplican a los hechos imponibles que se concreten desde la fecha de publicación del decreto.
Maxi Raimondi, CFO de Lemon, remarcó que la medida "corrige una asimetría impositiva que generaba costos adicionales para los Proveedores de Servicios de Activos Virtuales (PSAV) y frenaba el desarrollo de nuevas soluciones financieras. Al homogeneizar el tratamiento del Impuesto sobre los Débitos y Créditos con el del sistema financiero tradicional, se da un paso hacia un marco más competitivo, eficiente y favorable para la innovación".
Además, sostuvo que la decisión oficial "es fruto de un trabajo coordinado entre la industria, la Cámara Argentina Fintech y los organismos reguladores, y constituye un nuevo reconocimiento al papel que desempeñan los PSAV dentro del ecosistema financiero". Según el ejecutivo, "los activos virtuales ya no son solo una opción de resguardo de valor. Cada vez más, se consolidan como una infraestructura financiera que permite ofrecer mejores productos, reducir las fricciones y acelerar la digitalización financiera en Argentina".
"En Bitso celebramos esta medida porque elimina las asimetrías impositivas que afectaban la competitividad del sector de activos virtuales frente a las empresas fintech y a la industria financiera tradicional. La incorporación de las empresas registradas como PSAV en la excepción impositiva brinda mayor equidad, transparencia y seguridad jurídica, consolidando un marco de competencia justa que impulsará el desarrollo del ecosistema digital en Argentina", expresó Julián Colombo, CEO de Bitso.
En esa misma línea, subrayó que "las criptomonedas ya se afianzaron como una herramienta financiera cotidiana para los argentinos. Las stablecoins representaron el 71% de las compras en nuestra plataforma, mientras que bitcoin concentra el 52% de las tenencias totales de los usuarios. Con reglas claras e igualitarias para todos los actores, se fortalecen las condiciones para seguir fomentando la adopción y la inclusión financiera en el país".
