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ARCA: plan especial para clínicas y sanatorios, para regularizar tus deudas en hasta 60 cuotas

La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) puso en marcha este jueves un nuevo programa de pago pensado para clínicas, sanatorios y otros centros de salud que cuenten con internación, permitiéndoles ponerse al día con sus obligaciones impositivas, aduaneras y de la seguridad social.

La iniciativa fue oficializada a través de la Resolución General 5858/2026, publicada en el Boletín Oficial. En los fundamentos, el organismo señaló que el sector enfrenta una coyuntura económica compleja que hace necesaria la implementación de instrumentos específicos para aliviar el cumplimiento tributario y asegurar la continuidad de la atención sanitaria.

Un respiro fiscal para el ámbito de la salud: ARCA presenta plan de pagos para clínicas y sanatorios

De acuerdo con lo dispuesto, podrán incluirse en este esquema las obligaciones vencidas y las multas impuestas hasta el 31 de mayo de 2026, aunque es importante destacar que la adhesión no contempla quitas en los intereses ni la condonación de penalidades.

El financiamiento de las deudas podrá realizarse en un máximo de 60 cuotas mensuales, fijas y consecutivas, con un pago inicial equivalente al 3% del total adeudado. Asimismo, se fijó un valor mínimo de $50.000 por cada cuota.

La tasa que se aplicará será del 50% de la tasa de interés resarcitorio vigente al 9 de junio de 2026, según lo determinado por el Ministerio de Economía.

Facilidades para el sector salud: ¿qué deudas se pueden incluir?

Para acceder al beneficio, es requisito que los contribuyentes figuren en el registro que el Ministerio de Salud enviará a ARCA y que cuenten con la caracterización "481 - Establecimientos de Salud con Internación" en el sistema del organismo recaudador.

La resolución deja fuera de este plan, entre otros, los aportes y contribuciones destinados a obras sociales, las cuotas correspondientes a las Aseguradoras de Riesgos del Trabajo (ART), los anticipos y pagos a cuenta, ciertas obligaciones vinculadas al IVA, y los planes de pago vigentes.

Tampoco podrán sumarse aquellas personas físicas o jurídicas que tengan condenas firmes por delitos tributarios, aduaneros o por incumplimiento de obligaciones fiscales y previsionales.

La inscripción al régimen podrá efectuarse desde el 9 de junio hasta el 30 de septiembre de 2026 a través del servicio "Mis Facilidades" de ARCA.

Finalmente, la normativa establece que los planes perderán su vigencia de manera automática si se registran dos cuotas impagas, ya sean consecutivas o alternadas, o si la última cuota del acuerdo permanece sin pagar por más de 60 días. En estos casos, ARCA podrá iniciar acciones judiciales para el cobro de la deuda pendiente.

¿Quiénes pueden adherirse?

  • Centros de salud con internación contemplados en la Ley 17.132.
  • Deben estar en la nómina remitida por el Ministerio de Salud y poseer la caracterización "481 - Establecimientos de Salud con Internación".

Deudas que pueden incorporarse

  • Obligaciones impositivas.
  • Recursos de la seguridad social.
  • Retenciones y percepciones impositivas.
  • Obligaciones aduaneras.
  • Multas e intereses relacionados.

Fecha límite de vencimiento de las deudas

  • Obligaciones vencidas y multas aplicadas hasta el 31 de mayo de 2026.

Condiciones del plan

  • Hasta 60 cuotas mensuales.
  • Anticipo del 3% de la deuda consolidada.
  • Tasa de financiación equivalente al 50% de la tasa resarcitoria vigente al 9 de junio de 2026.
  • Cuota mínima de $50.000.
  • Sin límite en la cantidad de planes a presentar.

Período de adhesión

  • Desde el 9 de junio hasta el 30 de septiembre de 2026.

Causas de caducidad

  • Si se incumple el pago de dos cuotas (consecutivas o alternadas) o si la última cuota queda impaga por más de 60 días.

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De acuerdo con las resoluciones 934, 935, 936, 937

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