La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) puso en vigencia durante marzo de 2026 una actualización de los parámetros del régimen de monotributo, que conlleva incrementos en los pagos mensuales y una redefinición de los límites anuales de facturación. Este reajuste, calculado sobre la base de un porcentaje del 14,29% tomando como referencia el Índice de Precios al Consumidor (IPC), repercute de manera directa en las finanzas de millones de contribuyentes, con un efecto más pronunciado en las franjas superiores.
Como consecuencia de esta modificación, aquellos monotributistas cuyos ingresos superen determinados umbrales deberán afrontar cuotas que exceden los $100.000 cada mes, una cifra que alcanza principalmente a profesionales independientes, comerciantes y prestadores de servicios con volúmenes de facturación elevados.
Monotributo: las nuevas escalas vigentes desde marzo 2026
ARCA reestructuró las 11 categorías del monotributo (desde la A hasta la K) estableciendo nuevos topes de facturación anual y valores mensuales actualizados. Cada una de estas categorías fija el importe a abonar de acuerdo al nivel de ingresos brutos del contribuyente. Los límites de facturación fueron elevados para prevenir la exclusión de numerosos monotributistas del sistema, pero las cuotas también experimentaron una suba, lo que obliga a revisar la categoría en la que se está inscripto y, en muchos casos, a asumir obligaciones más onerosas.
Ejemplos de los nuevos topes de facturación anual por categoría:
- Categoría A: Hasta $11.750.000.
- Categoría B: Hasta $17.180.000.
- Categoría C: Hasta $23.500.000.
- Categoría D: Hasta $29.800.000.
- Categoría E: Hasta $36.100.000.
- Categoría F: Hasta $42.400.000.
- Categoría G: Hasta $48.700.000.
- Categoría H: Hasta $55.000.000.
- Categoría I: Hasta $61.300.000.
- Categoría J: Hasta $67.600.000.
- Categoría K: Hasta $73.900.000.
Monto mensual a pagar de acuerdo a cada categoría
Los valores de las cuotas del monotributo para marzo de 2026 difieren según la categoría y el tipo de actividad desarrollada (servicios o venta de bienes). Los contribuyentes que excedan ciertos niveles de facturación tendrán que abonar más de $100.000 por mes, un aumento que se siente con mayor fuerza en las franjas más altas:
Cuotas para prestadores de servicios
- Categoría H: $132.650,71.
- Categoría I: $142.688,29.
- Categoría J: $152.725,87.
- Categoría K: $162.763,45.
Cuotas para vendedores de bienes
- Categoría H: $119.836,85.
- Categoría I: $128.900,00.
- Categoría J: $137.963,15.
- Categoría K: $147.020,30.
Detalle de cuotas en categorías intermedias:
- Categoría E (servicios): $102.537,97 / $92.658,35 (bienes).
- Categoría F (servicios): $112.575,55 / $101.717,85 (bienes).
- Categoría G (servicios): $122.613,13 / $110.777,35 (bienes).
El incremento del 14,29% en las cuotas del monotributo exige a los contribuyentes controlar si su facturación anual se ajusta a los nuevos límites y, de no ser así, proceder a una recategorización para eludir multas. Quienes facturen por encima de $36.100.000 al año (a partir de la Categoría E) deberán pagar mensualmente más de $100.000, un impacto considerable para profesionales y comerciantes que ya lidian con presiones inflacionarias.
Para evitar inconvenientes, se sugiere:
- Revisar la facturación acumulada en los últimos doce meses mediante la aplicación móvil de ARCA o su portal oficial.
- Realizar la recategorización correspondiente antes de agosto de 2026, fecha en la que se llevará a cabo la próxima actualización obligatoria.
- Consultar los importes actualizados y las fechas de vencimiento para el pago mensual, el cual debe efectuarse antes del día 20 de cada mes.
