El Ejecutivo nacional ordenó este martes la suspensión de aproximadamente dos mil cooperativas y mutuales en todo el territorio tras verificar fallas en la presentación de la documentación contable y societaria de carácter obligatorio. La medida fue tomada por el Instituto Nacional de Asociativismo y Economía Social (INAES) a través de las resoluciones 564/2026 y 565/2026, las cuales se difundieron este martes en el Boletín Oficial.
Según informó el organismo, la sanción afecta a las entidades detalladas en un listado anexo, luego de constatarse que no habían presentado los estados contables ni la documentación asamblearia que exige la normativa vigente durante un lapso que abarca desde febrero de 2017 hasta septiembre de 2024.
Irregularidades detectadas en balances y documentación
El proceso se inició a partir de un sumario administrativo abierto en 2024, que incluyó a cooperativas que ya estaban suspendidas por problemas formales. De acuerdo con el INAES, a pesar de las notificaciones realizadas por el ente, una gran cantidad de las entidades no regularizó su situación ni aportó la documentación solicitada.
Ante este panorama, el instituto decidió aplicar la sanción prevista en el artículo 101, inciso 3, de la Ley de Cooperativas (20.337), que establece la pérdida de la autorización para operar en casos de incumplimientos graves o reiterados.
Además, el INAES dispuso comunicar la decisión a diversos organismos de control, entre ellos la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) y las autoridades provinciales pertinentes.
Sin embargo, el organismo aclaró que siete cooperativas fueron excluidas de la sanción después de presentar la documentación requerida durante el trámite y regularizar su posición. Asimismo, tres entidades seguirán siendo evaluadas en otros procedimientos sumariales, mientras que el expediente de otra cooperativa fue archivado debido a que ya había sido sancionada con anterioridad mediante una resolución previa.
Las entidades alcanzadas por la medida podrán interponer recursos administrativos o judiciales si pretenden revertir la decisión adoptada por el organismo.
