Debido a la Ley de Inocencia Fiscal, un simple error en los formularios presentados ante la Agencia de Recaudación y Control Aduanero podría tener un costo muy elevado para los contribuyentes. Una disposición del organismo referida a la declaración del domicilio fiscal puede terminar en una sanción económica que alcanza los 35 millones de pesos.
La normativa en cuestión es la Resolución General 5809, donde se detallan los nuevos pasos a seguir para cumplir con este requisito establecido por la agencia recaudadora.
Esto aplica en los casos donde una persona o empresa modifica la ubicación desde la cual desarrolla su actividad. El trámite debe completarse en un plazo de 10 días hábiles. Sin embargo, según la nueva regulación, ante un incumplimiento de carácter formal las penalidades pueden oscilar entre 150.000 y 35 millones de pesos.
“El aumento en los montos de las multas que introdujo la Ley 27.779 no vino acompañado de un sistema de graduación diferenciado por tipo de contribuyente, lo que puede generar situaciones de potencial desproporción”, señaló el CEO de SDC Asesores Tributarios, Sebastián Domínguez.
Domínguez sostiene que “una multa cuyo máximo puede llegar a los 35 millones de pesos puede ser razonable para grandes empresas, pero resulta claramente inabordable para pequeñas y medianas compañías, incluso cuando se trata de faltas meramente formales”.
El especialista advierte que “la falta de parámetros objetivos vinculados al tamaño, capacidad económica o volumen de operaciones del contribuyente debilita el principio de razonabilidad en la aplicación de las sanciones y posiblemente puede dar pie a reclamos administrativos y judiciales”.
Nuevo trámite para informar el domicilio ante ARCA
La Resolución 5809 publicada en el Boletín Oficial modifica el procedimiento para declarar el lugar legal donde un contribuyente lleva a cabo sus actividades. Esto va a entrar en vigencia el 2 de marzo.
Cuando la persona o empresa deba informar una novedad, tendrá que hacerlo en un plazo máximo de 10 días.
El nuevo procedimiento es completamente digital. Al cargar la información, el sistema de ARCA mostrará en pantalla los domicilios reales que tiene registrados en su base de datos.
Si la dirección no aparece, el contribuyente deberá presentar comprobantes como facturas de servicios públicos donde figuren tanto el domicilio como su nombre. El sistema lo catalogará como ‘Declarado por Internet’ y ARCA tendrá 7 días para confirmarlo.
De existir alguna inconsistencia, el contribuyente dispondrá de 30 días para corregir los errores.
Un punto importante a considerar es que el organismo puede restringir los cambios de domicilio si el contribuyente tiene una calificación baja en el Sistema de Perfil de Riesgo (SIPER) o si su CUIT presenta limitaciones.
