
ARCA estableció los nuevos parámetros para el Impuesto a las Ganancias correspondientes al segundo semestre del año. De esta manera, se fijó el ingreso mínimo a partir del cual los asalariados pasan a estar alcanzados por el gravamen, además de los montos actualizados para las deducciones y las escalas del tributo.
El incremento aplicado para este período fue del 15,10%, ajuste que se corresponde con la inflación registrada en el primer semestre. Con este cambio, se ven modificadas las retenciones que se aplican mes a mes, el monto libre de impuesto y las asignaciones familiares, lo que representa un alivio principalmente para aquellos trabajadores que no recibieron aumentos salariales significativos en el año.
Desde qué ingreso se aplica el Impuesto a las Ganancias
De acuerdo con las nuevas tablas difundidas por ARCA, el Impuesto a las Ganancias empezará a regir para los siguientes niveles de ingresos:
- Trabajador soltero sin hijos: a partir de $2.360.180 netos (que equivalen a $2.843.590 brutos)
- Casado con dos hijos: a partir de $3.129.967 netos (que equivalen a $3.771.045 brutos)
- Soltero con un hijo: a partir de $2.553.451 netos (que equivalen a $3.076.447 brutos)
Estas cifras ofrecen un parámetro para identificar a partir de qué remuneración se debe abonar Ganancias durante el mes de noviembre de 2025.
Impuesto a las Ganancias: montos deducibles actualizados
Conforme a la actualización de ARCA, los importes correspondientes a las deducciones personales que regirán a partir de noviembre de 2025 son los siguientes:
- Ganancia no imponible: $4.211.886,94
- Cónyuge: $3.966.752,72
- Hijo: $2.000.447,87
- Hijo con discapacidad: $4.000.895,74
- Deducción especial: $20.217.057,35
Estos valores son clave para establecer qué empleados quedarán sujetos al impuesto y cuál será la magnitud de la retención de acuerdo con su contexto familiar.
Deducciones admitidas en Ganancias
El Impuesto a las Ganancias figura entre los gravámenes más relevantes de la Argentina, dado que incide de manera directa sobre los trabajadores en blanco y sus ingresos, así como sobre empresas y monotributistas. Para los asalariados, las retenciones se practican de forma automática por parte de la empresa o la entidad que abona el salario.
Entre las deducciones más frecuentes que pueden considerarse, se encuentran:
- Mínimo no imponible: una suma fija que se descuenta de los ingresos
- Deducción especial: aplicable a empleados, autónomos y jubilados
- Cargas de familia: cónyuge e hijos menores de 18 años o con discapacidad
Otros egresos que pueden deducirse (con límites establecidos):
- Aportes a obra social y prepagas
- Aportes jubilatorios obligatorios
- Intereses de préstamos hipotecarios
- Alquiler de vivienda
- Seguros de vida y de retiro
- Donaciones a entidades autorizadas
- Gastos de educación y guardería
- Sueldos y aportes de empleados domésticos registrados
De este modo, el impuesto no se calcula sobre la totalidad del salario bruto, sino sobre el ingreso neto que resulta luego de restar todos los descuentos permitidos por la normativa.
Impuesto a las Ganancias: los trabajadores y jubilados afectados
El número de contribuyentes obligados a pagar este impuesto ha experimentado variaciones a lo largo del tiempo, como consecuencia de reformas legales y de la actualización de los pisos salariales.
De acuerdo con la información disponible hasta octubre de 2024, 737.584 personas abonan el Impuesto a las Ganancias, distribuidas de la siguiente manera:
- Empleados en relación de dependencia: 640.837
- Jubilados y pensionados: 96.747
La cantidad de contribuyentes se modifica en función de cada actualización del Mínimo No Imponible y de las deducciones. Para el segundo semestre del corriente año, un empleado soltero sin hijos comienza a tributar a partir de un salario bruto de $2.843.180 (equivalente a un ingreso neto de $2.360.180).
Vale recordar que la línea de pobreza se sitúa actualmente en $1.176.000, lo que evidencia cómo la carga del impuesto recae sobre segmentos de ingresos medios.

