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Dólar: la AFIP habilitó la solicitud para la devolución de percepciones

La AFIP habilitó la opción que permite solicitar la devolución de las percepciones del Impuesto a las Ganancias y Bienes Personales por la compra de dólar ahorro y gastos en el exterior realizados durante el año 2023 

En noviembre, el Gobierno aumentó a 155% las percepciones por el uso de tarjetas de créditos en el exterior y la compra de dólar ahorro, de acuerdo con la resolución general 5450/2023 de la AFIP. De esa forma, el aumento en la percepción sobre Ganancias y Bienes Personales pasó de 45% a 100%.

En sus primeros días de Gobierno, el presidente Javier Milei decidió unificar la carga tributaria por todo concepto para la demanda minorista de divisas en bancos en un 60%: un 30% por Impuesto PAIS y 30% de percepción de Ganancias.

Ahora, sin un plazo de vencimiento, se podrán solicitar las devoluciones del 35% pagado como adelanto a cuenta del Impuesto a las Ganancias entre enero y diciembre de 2023 por la compra de dólares o aquellos gastos realizados en moneda extranjera con tarjeta (dólar turista). 

Los empleados con retenciones de Ganancias en 2023, deben informar las percepciones 2023 en el Sistema de Registro y Actualización de Deducciones del Impuesto a las Ganancias (SIRADIG) para que el empleador devuelva en la liquidación anual (en mayo 2024). Mientras que los inscriptos en el impuesto, ya sean empleados o autónomos, pueden computar las percepciones en la declaración jurada anual a presentar en junio 2024. 

Cómo solicitar la devolución de una percepción

Para solicitar la devolución es necesario contar con el CUIT y clave fiscal nivel 2 o superior. Además, los solicitantes tendrán que informar ante AFIP el CBU de la cuenta bancaria en la que se realizará la devolución solicitada y tener constituido el Domicilio Fiscal Electrónico.

Los pasos son: 

  1. Ingresar a la web de AFIP, con clave fiscal nivel 2 o superior, y seleccionar “Devolución de percepciones”.
  2. Dentro de “Devolución de percepciones”, se podrá ver y seleccionar las percepciones del período mensual que fueron realizadas y se encuentran informadas por el agente de percepción.

Quiénes pueden solicitar la devolución

Finalizado el año calendario en el que se produjo la percepción, estarán habilitados para solicitar la devolución quienes:

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