Ya comenzó a tener vigencia el programa implementado por el Gobierno Nacional mediante el cual se devuelve el IVA a los productos de la canasta básica que fueron adquiridos con tarjeta de débito.
El reintegro tiene un tope mensual por persona de $18.800, será acreditado de forma automática en la cuenta bancaria donde la persona percibe sus ingresos, asignación, pensión o jubilación. La devolución puede tardar hasta 48 horas después de la compra y ya se anticipó que en caso de no recibir el reintegro se pueden hacer los reclamos pertinentes.
La primera aclaración que se realizó es que para recibir la devolución el beneficiario debe tener el CBU declarado ante la AFIP.
Las personas que estén en condiciones de recibir el reintegro y no lo hagan pueden iniciar el trámite de reclamo ante la AFIP de manera virtual. Para ello, se debe:
- Ingresar a la web de AFIP con CUIT/CUIL y clave fiscal;
- En la sección Reclamos y Sugerencias hacer click en “Programa de Asistencia al Ciudadano”;
- Completar el formulario con datos personales, número de teléfono y mail;
- Detallar los motivos del reclamo, en este caso, la no devolución del IVA.
- También se puede hacer el reclamo por teléfono, en la línea de Atención al Usuario a través del 0800-999-2347.