A partir del próximo mes comienza a regir el límite de aumento en las cuotas que las personas deben pagar. Para las y los afiliados que hagan el trámite, los aumentos tendrán como tope máximo el 90% del Índice de Remuneración Imponible Promedio de los Trabajadores Estables (RIPTE) del mes inmediato anterior publicado.
Para acceder al beneficio se debe tener ingresos inferiores a seis salarios mínimos. La gestión se realiza a través de la web de la Superintendencia de Servicios de Salud.
Para obtener el beneficio, las personas deben presentar una declaración jurada de los ingresos que tuvo el mes anterior. Todo el trámite se realiza a través de la Web y es necesario ingresar con CUIT o CUIL y clave fiscal. El plazo para presentar la declaración jurada es del 1 al 20 de cada mes.
El Gobierno Nacional informó que todos los meses será necesaria la presentación de la declaración jurada para poder aplicar el tope.
Por su lado, desde la Superintendencia de la Salud reportaron daños en el sistema que los dejó fuera de funcionamiento, pero hace instantes informaron que ya está nuevamente activo.
*AVISO IMPORTANTE*
— 🇦🇷 Superintendencia de Servicios de Salud 🇦🇷 (@SSSALUD) January 19, 2023
Debido a la explosión de un transformador de la empresa Edesur, se encuentran fuera de servicio tanto los trámites que se realizan desde la web de la Superintendencia de Servicios de Salud como los teléfonos de atención al usuario.
Informaremos su restauración