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Nivel Secundario: 6° Asamblea ordinaria para la cobertura de horas cátedra

El Ministerio de Educación a través de la Secretaría de Gestión Educativa comunica que por Resolución SGE (ME) N° 59/2022 se autoriza la realización de la 6°Asamblea Ordinaria de Opción para la cobertura de horas cátedra Interinas o Suplentes para las instituciones educativas del nivel secundario.

La Asamblea correspondiente a Zona I: Capital, Valle Viejo y Fray Mamerto Esquiú se llevará a cabo el día viernes 5 de agosto, en las instalaciones de “Escuela Activa”, sito en calle 9 de julio 1.015 (esquina Mate de Luna) de San Fernando del Valle de Catamarca.

Cronograma y orden de llamado por área/perfil para ZONA I: Viernes 5 de agosto de 2022:

A partir de las 8 horas y hasta concluir (Se realizará un receso a las 13 hs. y se dará continuidad a partir de las 13.30 hs.).

Los cargos serán para las siguientes zonas: Zona II: Capayán, Ambato y Paclín; Zona III: Santa María; Zona IV: Belén; Zona V: Pomán; Zona VI: Andalgalá y Zona VII: Tinogasta- Fiambalá. Se llevarán a cabo el día sábado 6 de agosto de 2022 en las Escuelas Cabeceras Departamentales habilitadas, a partir de las 8 horas y hasta concluir.

Se ruega puntualidad. Asimismo, se recuerda que al momento de la opción los docentes deberán asistir munidos de la siguiente documentación, estipulada en la normativa para tal fin -Anexo I del Decreto Acuerdo N° 636/2021:

• DNI: Original vigente y fotocopia

• Deberán validar la Declaración Jurada de Cargos en la Plataforma informática para tal fin, y completar los campos que se requieran y/o editarla, a efectos de generarla para poder imprimirla con fecha de hasta 48 hs. de antelación. La Declaración Jurada impresa deberá presentarse al momento de la asamblea, sin necesidad de ser firmada por las autoridades de la institución y/o repartición. Si tuviera cargos en Instituciones de dependencia Nacional, Provincial, Municipal y de Educación Privada, será responsabilidad del Docente declararlos en forma digital en su totalidad en el módulo de la plataforma. En el caso de Personal de Policía de la Provincia deberán ajustarse a la Ley Provincial Nº 2.444 (artículos 28º y 29º).

• En el caso que hubieren efectuado algún movimiento reciente en sus cargos u horas cátedras que el sistema no registre, deberán adjuntar copia del instrumento legal correspondiente (documentación de licencia, acta de cese, etc.) debidamente certificado al momento de la Asamblea.

• No podrán optar los docentes en usufructo de licencias de cualquier naturaleza que les imposibilite el dictado de clases.

• El aspirante que no presenciará las Asambleas de Opción de Cargos, podrá ser representado por una persona debidamente autorizada por mandato notarial o formulado ante Juez de Paz, con jurisdicción en su lugar de residencia.

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