Este lunes se oficializó la promulgación de la Ley 27.793, que declara la Emergencia en Discapacidad hasta el 31 de diciembre de 2026, luego de que el Congreso rechazara el veto del presidente Javier Milei. Sin embargo, la norma no entrará en vigencia de manera inmediata: el Poder Ejecutivo decidió suspender su ejecución hasta que el Congreso Nacional defina las fuentes de financiamiento y las partidas correspondientes en el presupuesto.
La medida se formalizó a través del Decreto 681/2025 publicado en el Boletín Oficial. Según la estimación oficial, la implementación de la ley demandaría un crédito presupuestario de $3,01 billones, lo que representa el 0,35 % del Producto Bruto Interno (PBI). Los principales costos provienen de la creación de una nueva pensión, la cobertura médica del programa Incluir Salud y una compensación económica de emergencia para prestadores.
El Ejecutivo argumentó que el presupuesto vigente no cuenta con créditos suficientes para afrontar esa erogación y que incluso reasignando todas las partidas de los tres poderes del Estado, la suma resultaría insuficiente. En ese sentido, el Gobierno recordó que la Ley de Administración Financiera establece que toda norma que genere gastos adicionales debe especificar de dónde provendrán los recursos.
El texto oficial también señaló que la falta de previsión presupuestaria “pone en riesgo la sostenibilidad integral del régimen de atención, perjudicando a las personas a quienes se pretende proteger”. Pese a esas advertencias, el Congreso sancionó la norma por mayoría especial, obligando al Ejecutivo a promulgarla en cumplimiento de la Constitución Nacional.
En paralelo, el Gobierno dispuso una readecuación de partidas presupuestarias a través de la Decisión Administrativa 24/2025. El ajuste incrementa los fondos de la Agencia Nacional de Discapacidad (ANDIS) para reforzar la atención del sistema de prestaciones básicas, mientras reduce recursos asignados a otras obligaciones del Tesoro. Esta medida regirá desde el 1° de octubre y busca responder al reclamo de actualización de prestadores, aunque no sustituye la puesta en marcha de la ley, que seguirá pendiente de definición legislativa.
