Hoy llegó a la Cámara de Diputados el Decreto Acuerdo N° 719/25, sobre la modificación de la Ley N° 5.337. Este documento trata sobre la creación de la DefensorÃa del Pueblo en el ámbito del Poder Legislativo provincial. El Decreto generó duros cuestionamientos de parte de la oposición, ya que en la misma jugada absorbe las funciones de un disuelto Enre y se cambia la manera de elegir al titular del organismo. El nombre que anticipó el Gobierno para el cargo es el de Dalmacio Mera, reciente Ministro de Educación. El gobernador Raúl Jalil ya lo designó por decreto, salteándose el procedimiento que deberÃa haber pasado el candidato.
"Es una creación y supresión de cargos que no ayudan a ninguna economÃa, sino que son movimientos de funcionarios que siguen integrando el gasto del Estado y no se está atendiendo para lo que fue creado", habÃa señalado el diputado Mamerto Acuña (UCR) en declaraciones a la prensa.
La Ley original, sancionada en 2011, establecÃa la figura del Defensor del Pueblo como un órgano autónomo responsable de velar por los derechos de los ciudadanos, pero aún no habÃa sido nombrado en los años posteriores. Ahora, con la reciente modificación, se formaliza la institución, dotándola de mayores competencias y garantizando su autonomÃa funcional, institucional y presupuestaria.
12 años en el cargo y un sueldo importante
El nuevo marco legal establece que el Defensor del Pueblo tendrá un mandato de 12 años, sin reelección posible, garantizando asà una gestión longeva que escapa a los vaivenes polÃticos. Además, su designación podrá hacerse en comisión por el Poder Ejecutivo, con la futura aprobación del Senado por dos tercios, configuración que abre las puertas a un control casi simbólico de la ciudadanÃa y reduce las posibilidades de un nombramiento verdaderamente transparente o representativo.
El Defensor del Pueblo percibirá una remuneración equivalente a la del Presidente y Vocales del Tribunal de Cuentas de la Provincia, los cuales se acaban de equiparar a los de un juez de la Corte de Justicia en otro decreto acuerdo.
El titular del organismo podrá dictar la reglamentación de su estructura administrativa y hacer los nombramientos que considere necesarios dentro de los lÃmites del presupuesto asignado.
El Defensor del Pueblo tendrá funciones ampliadas, con competencias tanto en sede administrativa como judicial, especialmente en la protección de los derechos de los usuarios y consumidores de servicios públicos. La normativa busca que el organismo tenga la capacidad de actuar con independencia y eficacia, promoviendo principios rectores como la buena fe, la celeridad, la transparencia y el respeto al Estado de Derecho.
¿Cuáles son los requisitos para ser Defensor del Pueblo en Catamarca?
Los requisitos para ser Defensor del Pueblo son los siguientes:
- a) Ser argentino nativo o por opción.
- b) Tener como mÃnimo 30 años de edad.
- c) Tener como mÃnimo 10 años de residencia inmediata anterior en la Provincia.
- d) Tener tÃtulo de Abogado con al menos 8 años en el ejercicio de la profesión o una antigüedad mÃnima de 6 años en cargos del Poder Judicial, Poder Legislativo, Administración Pública o docencia universitaria.
- e) Poseer buena conducta, sin antecedentes penales. ​