En la Cámara de Diputados ingresó un proyecto que “busca saldar una barrera económica y logística” en el acceso a los derechos reproductivos de los catamarqueños. La autoría de la iniciativa es la diputada Josefina Herr bajo el expediente N° 363/2026 y propone la creación del Programa Provincial de Acceso Asistido a Gametos Masculinos.
El objetivo central de la inicciativa es garantizar que el lugar de residencia o la situación socioeconómica de los pacientes no impida el acceso a las Técnicas de Reproducción Médicamente Asistida (TRMA) contempladas en la Ley Nacional N° 26.862. Actualmente, Catamarca cuenta con profesionales capacitados y centros aptos para tratamientos de baja complejidad (inseminación e implantación), pero carece de un banco de semen, según detalla el argumento del proyecto. Esta falta de infraestructura local obliga a las personas o parejas que necesitan material genético donado a adquirirlo en bancos de otras provincias. La situación genera elevados costos que no solo incluyen el valor de la muestra, sino también una compleja logística para trasladarla bajo estrictas condiciones de cadena de frío. Siguiendo con los fundamentos del proyecto, se citó que muchas obras sociales y prepagas suelen eludir estas coberturas amparándose en "vacíos administrativos", mientras que para quienes dependen exclusivamente del sistema público, el gasto se convierte en una "barrera de clase".
Para resolver esta problemática, el proyecto de ley plantea una doble estrategia de cobertura total, es decir del 100% que abarca tanto a los tratamientos de baja complejidad realizados en la provincia como a los de alta complejidad que requieran derivación extraprovincial.
En el caso de las personas sin obra social ni prepaga, se establece que el programa funcionará bajo la órbita del Ministerio de Salud provincial, el cual asumirá de forma integral los costos de la muestra y su traslado, protegiendo a los sectores más vulnerables con residencia comprobable en Catamarca. En tanto que para afiliados a obras sociales y prepagas, se exige explícitamente a todas las prestadoras con jurisdicción en la provincia (incluyendo a la Obra Social de los Empleados Públicos) que cumplan con la cobertura total y obligatoria de estos gastos logísticos.
¿Qué conceptos deberán cubrirse?
El articulado de la ley detalla expresamente que la cobertura obligatoria debe incluir el valor arancelario de la muestra fijado por el banco de gametos de origen, los gastos de logística, traslado, embalaje y mantenimiento de la cadena de frío hasta el centro de salud correspondiente. Además, se deben considerar todos los trámites y aranceles administrativos necesarios para el envío y recepción del material.
Situación del proyecto
La iniciativa estaba en el orden del día del miércoles pasado para que ingrese y tenga su correspondiente tratamiento en comisión, pero no hubo sesión por falta de quorum. Se estima que en el próximo encuentro de Diputados en el recinto tendrá el ingreso pertinente.
De aprobarse la ley, el Ministerio de Salud provincial —como autoridad de aplicación— quedará facultado para firmar convenios con bancos de gametos y empresas de logística sanitaria de otras provincias para optimizar costos y agilizar los circuitos administrativos. Asimismo, el Poder Ejecutivo contará con un plazo de 90 días corridos para reglamentar la norma a partir de su promulgación.
