La Secretaría de Trabajo homologó el primer convenio colectivo que incorpora el concepto de “salario dinámico”, una de las novedades impulsadas por la reforma laboral promovida por el Gobierno nacional. La herramienta quedó plasmada en el acuerdo salarial para trabajadores de casas particulares y habilita la posibilidad de negociar mejoras salariales por encima de los montos mínimos fijados oficialmente.
La figura está contemplada en el artículo 104 bis de la Ley de Modernización y permite incorporar componentes retributivos adicionales, tanto fijos como variables, vinculados al mérito personal del trabajador, la productividad o las condiciones particulares de cada organización. Desde el Ejecutivo sostienen que el objetivo es otorgar mayor flexibilidad a las negociaciones y adaptar las remuneraciones a la realidad de cada actividad.
El acuerdo homologado establece un incremento salarial del 6,3% para el personal de casas particulares entre abril y julio de 2026, distribuido en cuatro tramos. Sin embargo, uno de los puntos más relevantes es la cláusula que aclara que los salarios pactados constituyen un piso legal y no un techo, permitiendo que empleadores y trabajadores acuerden remuneraciones superiores de manera individual.
La iniciativa generó una fuerte reacción por parte de la Confederación General del Trabajo (CGT), que cuestionó la incorporación del salario dinámico al considerar que promueve esquemas de remuneración variables ligados al desempeño y la productividad. No obstante, desde la Unión Personal Auxiliar de Casas Particulares (UPACP) defendieron la medida al sostener que permitirá mejorar las condiciones de negociación de los trabajadores del sector, transformando los salarios mínimos establecidos en una base sobre la cual podrán solicitar incrementos adicionales.
