El fiscal de Instrucción N°8, Juan Manuel Sánchez Ruiz, intervino en una causa en la que un hombre fue imputado por agredir a un efectivo policial en un local bailable. En ese marco, la defensa solicitó la suspensión del juicio a prueba (probation), propuesta que contó con la conformidad del Ministerio Público Fiscal y la anuencia de la víctima.
El planteo se trató en una audiencia ante el juez de Control de Garantías N°4, Marcelo Sago, quien escuchó a las partes, al imputado y consideró la opinión de la víctima, que aceptó la reparación económica ofrecida.
Calificación del hecho
El hecho fue calificado como resistencia a la autoridad y lesiones leves en concurso ideal. El fiscal evaluó que se cumplían los requisitos previstos en el artículo 76 bis del Código Penal, teniendo en cuenta la pena en expectativa, la escasa entidad del daño y las condiciones personales del imputado.
En este sentido, se destacó que el acusado no registra antecedentes penales, cuenta con arraigo y desarrolla una actividad laboral.
Reglas de conducta
La defensa ratificó el pedido e incorporó la propuesta de realizar tareas comunitarias en la Parroquia San José Obrero. Por su parte, el imputado manifestó comprender el alcance del beneficio y se comprometió a cumplir con las condiciones impuestas.
El juez resolvió suspender el proceso a prueba por el término de un año e impuso una serie de reglas de conducta, entre ellas:
- No cometer nuevos delitos
- Abstenerse de consumir estupefacientes
- Evitar el consumo excesivo de alcohol
- No ejercer actos de violencia
- Fijar domicilio
- Realizar tareas comunitarias con una frecuencia de una hora semanal
Reparación económica
Además, se dispuso el pago de una reparación económica a favor de la víctima, que se efectivizará según lo determine el Tribunal.
Finalmente, se advirtió al imputado que el incumplimiento de las condiciones o la comisión de un nuevo delito implicará la revocación del beneficio y la continuidad del proceso penal.
