Actualidad

Anulan el veto a la Ley de Discapacidad en un caso testigo: qué puede pasar ahora

El Juzgado Federal de Campana falló a favor de un amparo y dejó sin efecto el veto presidencial a la ley 27.793 para un caso particular. La decisión podría abrir la puerta a nuevos reclamos similares en todo el país.

Por Redacción Inforama

La Justicia Federal asestó un duro revés al Gobierno Nacional al declarar inválido, en un caso puntual, el veto a la Ley de Emergencia Nacional en Discapacidad. El fallo fue dictado por el Juzgado Federal de Campana en el marco de un recurso de amparo presentado por dos personas contra el Estado Nacional. Si bien la medida tiene efectos limitados al caso concreto, sienta un precedente jurídico relevante frente al Decreto 534/2025.

En su resolución, el juez declaró la invalidez del artículo 3 del decreto presidencial que había vetado completamente la Ley 27.793. El tribunal ordenó a la obra social correspondiente restituir y adecuar las prestaciones de salud para dos menores de edad, B.N. e Y.N., conforme a lo que establecía la ley vetada. Además, impuso al Estado Nacional el pago de las costas del proceso.

La acción de amparo fue promovida por los ciudadanos O.G.J. y D.R.N., y fue parcialmente aceptada por la Justicia. La medida obliga a la cobertura integral de las necesidades de las niñas involucradas, en concordancia con los beneficios que otorgaba la norma suspendida por el Poder Ejecutivo. El fallo no tiene alcance general, pero abre el camino para futuras presentaciones judiciales similares en distintos puntos del país.

Aunque el Gobierno aún puede apelar, esta es la primera decisión que judicializa con éxito el veto a la ley de emergencia en discapacidad. Especialistas en derecho constitucional y discapacidad ya señalan que este fallo podría convertirse en un hito legal para la protección de los derechos de las personas con discapacidad frente a medidas administrativas regresivas.