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“Un ajuste vergonzoso contra la educación pública”: crítica de una docente del ISAC al reciente decreto en Catamarca

La docente y exsecretaria académica del ISAC, Lic. Ana Liz Ahumada Cisternas, manifestó públicamente su preocupación por el nuevo régimen para la cobertura de horas cátedra y cargos docentes en Catamarca, establecido por el Decreto E.C. y T – T.P. y R.H. N° 884.

A través de una publicación en redes sociales, titulada “Crónica de un desguace educativo anunciado”, la letrada, expuso su análisis sobre el impacto de esta medida en el sistema educativo provincial.

En su publicación, Ahumada Cisternas señaló:

”En diciembre de 2024 se aprobó el presupuesto 2025 para Educación y éste anunciaba 53.000 horas menos que el año anterior, el primer síntoma de que se venían urdiendo medidas que afectarían al sector docente. Pocos advirtieron el enorme daño que esto ocasionaría al sector educativo.

Posteriormente en febrero, el equipo ministerial saliente entre gallos y media noche ( estilo que ha caracterizado la gestión maliciosa y dañina de Perea y Mera, así en ese orden respecto a quien pergeñaba medidas abusivas con la anuencia de su superior), informan a las instituciones educativas sobre una resolución navideña RES 327/24 articulada con el ministerio de Trabajo y Planificación en el que se anunció la baja arbitraria contra 283 docentes de distintos niveles con el ardid de una “supuesta omisión de procedimientos administrativos” al momento de las coberturas de horas cátedra y cargos.

Aun hoy se sigue sin respuestas, pese a que incluso en el mismo instrumento legal se comprometen a realizar un “reconocimiento de servicios” a los damnificados, los docentes que han cumplido en tiempo y forma con sus concursos y servicios prestados.

Con fecha 16/5 animados a ir por más, sale a luz el Dcto. 884/25 como herramienta “legal” para llevar a cabo el enorme desguace que se pretende hacer al sistema educativo provincial. La falta de presupuesto educativo aprobado en diciembre que ha puesto en rojo las reservas destinadas a las coberturas de horas cátedra y cargos docentes, impacta en la falta de presupuesto para sostener suplentes durante este año; sumado a que los recortes nacionales destinados a educación ya se hicieron sentir y la caja chica a la que el gobierno echaba mano para otros destinos que no eran los financiados por el estado nacional está casi vacía, hay que achicar lo que para este gobierno es un gasto y no inversión, la educación.

Todo ya estaba fríamente calculado, la gestión ministerial saliente como autores intelectuales y la nueva gestión educativa como autores materiales, han puesto en marcha el ajuste más vergonzoso en educación: poner en jaque la fuente laboral de los docentes que se presumian con estabilidad al ser titulares y desalentar a todos aquellos docentes que aún no han podido ingresar a la docencia o que cuentan con poca carga horaria.

El Dcto. 884-25 recientemente dado a conocer, fue redactado a la medida de las dañinas intenciones del gobierno de recortar el gasto público a costa de quitar el trabajo a cientos de docentes, y peor aún, poniendo poca importancia en la calidad educativa que tanto pregona. El instrumento legal propone asambleas trimestrales con la irrisoria excusa de dar mayor publicidad e incrementar los postulantes a las convocatorias, y ¿nadie pensó que este lapso de tiempo afectará enormemente al derecho de los alumnos de recibir educación ya que estarán sin docentes varios meses, como lo están muchos de ellos hoy?

En otro apartado, se esgrime que el presente decreto buscará acelerar los procesos de cobertura y altas; sin embargo, los organismos y procedimientos administrativos que se establecen en intervención para la creación de las asambleas son más extensos que lo que se realizaban anteriormente.

Por otra parte, amparados en la Ley 5842 de Emergencia Económica, Administrativa y Educativa, se establece nuevos criterios para la reorganización de las POF ( Plantas Orgánicas Funcionales), es decir, cuánto personal es necesario para el funcionamiento de una institución educativa, escudando este atropello a la fuente laboral de los docentes en la cantidad de alumnos que debe poseer cada curso por agente, con números que nada tienen que ver con la realidad de un aula en la que la enseñanza es heterogénea, respetando los tiempos de aprendizaje de cada alumno, con alumnos incluidos que demandan otros tipos de intervenciones, por lo que este decreto avala: alumnos hacinados, docentes desbordados que deberán hasta duplicar la cantidad de alumnos por aula, en la misma situación en la que vienen desempeñando sus funciones (sin sueldos dignos, sin recursos educativos, sin mobiliario, con espacios reducidos, sin gabinetes psicopedagógicos, etc).

Esto significa un enorme retraso y ataque liso y llano a la calidad educativa. En el nivel superior, éste decreto anuncia la figura de un “fiscalizador” que nombrará el ministerio de Trabajo y Planificación para garantizar los procedimientos de concurso y que intervendrá en los “criterios de evaluación”. ¿No son acaso los rectores , secretarios técnicos, secretarios académicos y tribunales evaluadores de los concursos quienes naturalmente deben garantizar el correcto proceso de cobertura? ¿El “fiscalizador”, no será acaso un agente de algunos de los ministerios involucrados que intentará entorpecer un concurso para dilatar altas docentes, ergo el pago de haberes? O acaso también, si algún concursante no es de su agrado o de esta gestión ministerial o gubernamental, podrá tener super poderes para intervenir y obstaculizar el proceso, dado que el Anexo IV del Dcto. 884 como punto inicial indica que “el Ministerio de Trabajo, Planificación y Recursos Humanos designará una persona que intervendrá en todas las instancias del concurso, con el fin de fiscalizar el cumplimiento de la normativa vigente, garantizar la transparencia del proceso, revisar la documentación presentada, asegurar la correcta aplicación de los criterios de evaluación y llevar a cabo cualquier otra intervención relevante…”

Para seguir con este atropello y una de los puntos nodales de este inconstitucional decreto, se establece en que los docentes titulares que resultaren en disponibilidad, “podrán” como si fuese un beneficio, cubrir suplencias hasta tanto se concrete su reubicación definitiva ( recuérdese los párrafos iniciales, no hay presupuesto para nombrar suplentes) . Es decir, y es una duda porque no se puede concebir tanto avasallamiento a los derechos adquiridos de un docente: si un docente queda en disponibilidad y las asambleas serán cada tres meses, y en las asambleas se publican horas suplentes, ¿ corre para ese docente el año en disponibilidad con goce de haberes y dos sin goce; pese a que no ha sido ubicado definitivamente?. Porque como dice el dicho “ hecha la ley, hecha la trampa”, es muy probable que se enmascare cierta preocupación por llevar a cabo coberturas, se publiquen horas suplentes con el excelente argumento de dar respuesta a la falta de docentes frente al aula y alumnos sin clase, pero la cuenta regresiva para el docente en disponibilidad con goce de haberes inicia no habiendo oportunidades para una segura ubicación de sus horas que en pocas convocatorias, resguardará su cargo pero ya sin goce de haberes hasta su posible cese. Por donde se mire este decreto, es el desguace más torpe y vergonzoso llevado a cabo contra la educación pública.”

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