La medida generó preocupación y malestar en distintos sectores del ámbito educativo. Docentes y gremios se declararon en alerta, al considerar que las nuevas normativas podrían afectar la estabilidad laboral y el funcionamiento de muchas instituciones escolares.
El decreto, que ya se encuentra en vigencia, consta de 28 páginas y 15 artículos, e incluye la derogación de normativas anteriores. Sus aspectos más relevantes se detallan en 7 anexos, donde se regula desde la cobertura de cargos interinos y suplentes, hasta la organización de la Planta Orgánica Funcional (POF) de cada establecimiento y la disposición sobre la situación de disponibilidad de docentes titulares.
Uno de los puntos más polémicos del decreto está en el Anexo 6, que establece criterios numéricos obligatorios para la apertura, fusión o cierre de cursos en cada nivel educativo. Según el texto oficial, el objetivo es diseñar una POF “coherente, equitativa y ajustada a las realidades de cada nivel y modalidad educativa”. No obstante, los criterios fueron fuertemente cuestionados.
Planta Orgánica Funcional
Bajo el supuesto criterio de armar una POF “coherente, equitativa y ajustada a las realidades de cada nivel y modalidad educativa”, el Gobierno normó el uso de los recursos y asignaciones del personal docente, directivo y no docente. Para ello estableció que en el caso del nivel inicial y primerio el número de alumnos por docentes óptimo es de 25, el mínimo de 20 y el máximo de 30.
Para el caso de los plurigrados (3ra. y 4ta. categoría) consideró el Ejecutivo un número óptimo de 20 estudiantes, mínimo de 15 y máximo de 25.
Para el caso de la creación, fusión o cierre de salas se tendrán en cuenta las siguientes referencias:
Jardines de Infantes ubicados en Zona Urbana:
1. Se creará una sala cuando la matrícula inicial alcance el número de 20 alumnos.
2. Se desdoblará una sala en secciones paralelas cuando el número de alumnos sobrepase el máximo de 30 alumnos, siempre por debajo del número mínimo de 20 alumnos.
3. Se cerrará una sala o se fusionará con otra paralela cuando su matrícula descienda por debajo del número mínimo de 20 alumnos.
Jardines en zonas desafavotables
1. Se creará una sala cuando la matrícula inicial alcance el número 10 alumnos y posea proyección matricular a 5 años.
En el apartado de educación especial la organización requerirá un mínimo de 10 alumnos y se desdoblará cuando supere los 15.
Luego, para la educación secundaria común, arte, técnica y agrotécnica se requerirán de manera óptima 30 alumnos, un mínimo de 20 y un máximo de 40. En el caso de los establecimientos en zonas rurales para su óptimo funcionamiento serán necesarios 25 estudiantes, 20 como base y 30 como tope en un curso.
Para abrir un curso de nivel secundario para jóvenes y adultos serán necesarios 25 alumnos, mínimo 20 y máximo 35. Los cursos de formación profesional y capacitaciones laborales tendrán que contar con al menos 20 alumnos, siendo lo óptimo, 30 y un máximo de 40 alumnos.
El criterio pedagógico por curso para los Institutos de Educación Superior (IES) será de 30 como mínimo, óptimo de 40 y como máximo 50.
Disponibilidad
El último apartado del decreto, el Anexo 7, regula la “estabilidad” de los de la de los trabajadores de la educación catamarqueña. Indica, entre otras cosas, que “la situación de disponibilidad de los docentes titulares será notificada por el director del establecimiento en forma fehaciente al docente dentro de los tres (3) días hábiles de producida la misma, debiendo comunicar dicha situación en un plazo de dos (2) días a la Secretaría de Educación del Ministerio de Educación y a la Secretaría de Recursos Humanos del Ministerio de Trabajo, Planificación y Recursos Humanos, o los organismos que en un futuro los reemplacen”.
Para el caso de la reubicación, se indica que los docentes en disponibilidad tendrán prioridad en todas las asambleas. Primero se les ofrecerán cargos interinos y, de no existir vacantes, cargos suplentes hasta lograr su reasignación definitiva.
Este decreto encendió la alarma entre docentes que advierten posibles recortes, cierre de cursos y pérdida de puestos laborales, especialmente en zonas rurales o con matrícula reducida.