Actualidad

Navarro ya había presentado un proyecto para regular el transporte urbano que emplee apps en la Capital

El concejal de la UCR armó el año pasado una propuesta que contemplaría varias soluciones al problema.
Por Redacción Inforama

En medio de las tensiones desatadas, el concejal Fernando Navarro ya había presentado un proyecto de Ordenanza para regular y/o reglamentar la prestación del servicio de transporte urbano mediante aplicaciones digitales o algún otro medio tecnológico.

En su iniciativa, la aplicación estaría a cargo de la Autoridad de Administración de Transporte Público y Movilidad de la Municipalidad de San Fernando del Valle de Catamarca.

Los sujetos de la normativa son las Empresa de Redes de Transporte registradas ante la Autoridad de Aplicación, así como las personas físicas que presten el Servicio de Transporte de Pasajeros dentro de la jurisdicción municipal de la capital provincial.

La disposición plantea que las Empresas de Redes de Transporte deberán establecer una oficina local dentro de la jurisdicción de la capital provincial e inscribirla en el Registro Público, para recién contar con habilitación municipal.

Entre las obligaciones, disponen que la empresa que administra la aplicación no asigne viajes por más de 8 horas corridas a un conductor ni más de 12 horas fraccionadas en un mismo día.

Asimismo, deberán procurar que la empresa que administra la Aplicación exija y fiscalice que los titulares de los vehículos registrados y sus conductores Independientes cumplan con las obligaciones de tránsito, de seguridad y las previstas en la ordenanza, “debiendo abstenerse de asignar viajes a quienes no den debido cumplimiento a las mismas mientras se mantenga dicha situación”.

Además, el proyecto planteó la necesidad de que proporcionen a requerimiento de la autoridad de aplicación toda la información veraz, necesaria y útil en los tiempos y formatos que ésta requiera para conocer la identidad de los conductores independientes, sus datos individuales y los recorridos efectuados por cada vehículo, los montos cobrados y cualquier otra información que se entienda necesaria para ejercer sus potestades.

También, de aprobarse, tendrán que conservar al menos por 12 meses el registro de los viajes realizados por todos los conductores independientes y legajo de los mismos.

Serán causales de cese del Registro de las Empresas de Redes de Transporte y por tanto pérdida de la habilitación municipal: 

  • Revocación por parte de la Autoridad de Aplicación.
  • Renuncia del titular del Registro.
  • Quiebra del titular del Registro.
  • Disolución de la persona jurídica que sea titular del Registro.

Mientras, se prevén como causales de revocación del Registro de las ERT y por tanto pérdida de la habilitación municipal las siguientes: 

a) La suspensión voluntaria de la operación de la Aplicación por causas imputables al titular durante un plazo mayor de noventa (90) días.

b) La cesión, enajenación o la transferencia del Registro sin intervención previa de la Autoridad de Aplicación.

Se prohíbe expresamente la toma de viajes en las modalidades actualmente previstas para el servicio de taxis y/o remises.

Los titulares de los vehículos deberán poseer una póliza de seguros de automóviles vigente que cubra la responsabilidad civil de un conductor frente a terceros, incluyendo pasajeros, expedida por una compañía de seguros autorizada para operar en Argentina, entre otras obligaciones.

Finalmente, tendrán que pagar por cuenta de la aplicación las tasas municipales, lo que respondería a un punto álgido de las reclamos de taxistas y remiseros.