La Justicia hizo lugar a la medida cautelar solicitada tras el Decreto 116/2025 que buscaba transformar al Banco Nación en una Sociedad Anónima, por lo que se suspendieron sus efectos. La empresa había sido excluida del listado de empresas a privatizar de la ley Bases.
El fallo firmado por el juez Alejo Ramos Padilla, interrumpió las modificaciones por el plazo de al menos seis meses y dijo que cualquier modificación en su estructura jurídica debe realizarse en el Congreso, dado que es una entidad autárquica creada a través de una ley.
"El Banco de la Nación Argentina es una entidad cuya creación compete al Congreso Nacional. Por lo tanto, es este poder el único que puede revocar su carácter", fundamentó. En ese sentido, la Ley 21.799 de aprobación, estableció que tiene autonomía presupuestaria y administrativa. Y recordó que a esta entidad "no le serán de aplicación las normas dispuestas con carácter general para la organización y funcionamiento de la administración pública nacional".
Ramos Padilla ya había expresado que el Decreto 70/2023 y la Resolución 348 no autorizaban la modificación de la situación jurídica del banco y que este cambio debía impulsarlo mediante una ley formal.
Sin embargo, el Gobierno publicó el 19 de febrero un Decreto 116/2025 que disponía la transformación del ente autárquico Banco de la Nación Argentina en Banco de la Nación Argentina Sociedad Anónima (S.A.), bajo la órbita del Ministerio de Economía.
Decreto
La medida establece que los accionistas serán: el Estado Nacional con el 99,9% del capital social, el cual "ejercerá todos sus derechos a través del Ministerio de Economía", y la Fundación Banco de la Nación Argentina, quien tendrá la titularidad del 0,1 % del capital social.
La entidad bancaria argumentó que "la transformación en SA es imprescindible para que el Banco continúe aumentando los préstamos a favor de las PyMEs y las familias".
Y que para sostener ese crecimiento, la institución necesitará ampliar su fondeo, lo que podrá hacer abriendo su capital, para lo cual es esencial que se convierta en Sociedad Anónima y que tenga la aprobación del Congreso".