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“Un alta cada tres bajas de personal”: el nuevo régimen de contrataciones para el sector público nacional

El Gobierno nacional oficializó el nuevo régimen de contrataciones para el sector público nacional mediante los Decretos 1148/24 y 1149/2024, bajo el argumento de que se realizan en medio de la “emergencia pública" y que responden al objetivo de “optimizar los recursos del Estado asignados a las designaciones transitorias y contrataciones del personal de sector público”.

El ministro de Desregulación, Federico Sturzenegger, explicó que con esta medida "cualquier alta de personal en el Estado solo será posible si por cada una el área hubiera verificado 3 bajas previas". "La motosierra continúa”, señaló de acuerdo a Infobae.

De esta manera, se determinó que las jurisdicciones y entidades del sector público nacional de la administración financiera y de los sistemas de control “no podrán designaciones ni contrataciones de personal de cualquier naturaleza”.

La prohibición comprende a:

Sin embargo, existen algunas excepciones a dichas prohibiciones entre ellas:

Además estipuló que cada jurisdicción podrá disponer de un alta cada tres bajas de personal que se registren, cualquiera fuera su causal. El pedido de designación deberá ser validado por la Subsecretaría de Modernización y Desarrollo del Empleo Público de la Secretaría de Transformación del Estado.

Por lo tanto, se dispuso que los contratos no pueden durar más de 6 meses, de esta forma, las contrataciones en el sector público “con fecha de inicio 1° de enero de 2025 o posterior, no podrán extenderse más allá del 30 de junio de 2025”.

Asimismo, para obtener un puesto, “el personal deberá acreditar la aprobación de la Evaluación General de Conocimientos y Competencias durante el mes de diciembre de 2024, de conformidad con los alcances y condiciones previstos en la Resolución de la Secretaría de Transformación del Estado y Función Pública del Ministerio de Desregulación y Transformación del Estado N° 26 del 4 de diciembre de 2024”.

Quienes no lo aprueben, “no podrán ser contratadas durante el Ejercicio 2025, por períodos que excedan el 31 de marzo del próximo año".

Finalmente, señalaron que las empresas, sociedades y organizaciones donde el Estado tiene participación mayoritaria “deberán impulsar medidas de similar tenor” a las planteadas.

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