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Los vehículos de transporte de pasajeros con más de 10 años deberán ser renovados: aquí los detalles

Las unidades de transporte que tengan más de 10 años de antigüedad deberán ser renovadas

La secretaría de Transporte de la provincia comunicó que las empresas deberán presentar un plan de renovación de su flota de manera obligatoria, para aquellos vehículos que superen los 10 años de antigüedad contados desde la fecha de su fabricación, conforme al art. 33 del Decreto reglamentario Nº 2032/97 y el art. 53 inciso “b” de la Ley Nacional de Tránsito Nº 24449.

La reforma del parque automotor debe asimismo realizarse dentro de un plazo de 30 días de la notificación, con indicación de las acciones que adoptarán para reemplazar las unidades que excedan el límite de antigüedad permitido por otras que cumplan con los requisitos y seguridad establecidos.

De manera excepcional y con el fin de evitar la afectación del servicio, se podrá solicitar la habilitación de unidades que excedan los 10 años por un plazo máximo de 3 meses adicionales contados desde el vencimiento del límite de antigüedad, “siempre que se acrediten que las mismas se encuentran en óptimas condiciones de conservación y funcionamiento”.

La solicitud deberá hacerse con una anticipación mínima de 15 días hábiles al vencimiento de la habilitación vigente. En este caso, deberán renovar la habilitación de manera cuatrimestral, y serán sometidos a inspecciones.

Los vehículos que hayan excedido los 10 años de antigüedad y sobre los que no se hayan aprobado prórrogas quedarán desafectados del servicio de transporte de pasajeros.

Finalmente, desde la Secretaría se informó que las empresas que operen más de una línea o ramal, “deberán mantener la regularidad en todas ellas, no pudiendo desafectar unidades en recorridos menos rentables” para cumplir con la disposición.

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