La diputada provincial Natalia Saseta (PRO) presentó un proyecto de ley que tiene como finalidad establecer sanciones disciplinarias a los trabajadores del Estado provincial de Catamarca que incurran en la “toma, ocupación, destrucción o daño a edificios y bienes públicos y privados pertenecientes a las administraciones nacionales, provinciales, municipales y entes autárquicos". Según se especifica, la finalidad es "proteger el patrimonio público, público/privado y garantizar el correcto funcionamiento de los servicios y dependencias estatales”.
El fundamento de la propuesta es que “los bienes del Estado pertenecen a toda la comunidad y su mal uso o destrucción genera graves consecuencias sociales, económicas y culturales”. “La toma de los edificios públicos y el daño a los bienes (…) vulneran el principio de legalidad y atentan contra el orden público”, además de generar “costos elevados para las arcas”. Asimismo, los entiende como comportamientos que “traicionan la confianza depositada por la ciudadanía" a la responsabilidad que ostenta un servidor público.
La iniciativa prevé la aplicación de un sumario administrativo para quienes incurran en dichas acciones, el que deberá iniciarse dentro de las 48 hs de haberse constatado el hecho, y “podrá culminar con la suspensión temporal del agente por un periodo de hasta 30 días sin goce de sueldo”.
También estipula la posibilidad de desvincular del estado a quienes “participen de manera directa y activa en la toma de edificios públicos, impidiendo el acceso y/o funcionamiento normal del establecimiento”. Además de aquellos que “causen daños graves o irreparables a bienes de alto valor histórico, cultural, económico o funcional para el Estado”, o a los que “reincidan en conductas de toma o daño a bienes públicos, independientemente de la gravedad de los hechos”.
En caso de reincidencia y gravedad también se podrá imponer una inhabilitación del agente para ocupar cargos públicos por un periodo de hasta 10 años.
El proyecto contempla como agravantes que aumenta la sanción a aplicar:
- La participación en actos que involucren violencia física o amenaza de violencia hacia personas o bienes
- El uso de armas, materiales explosivos o inflamables en la comisión de los hechos
- La afectación directa al servicio de educación, salud, seguridad o transporte público, produciendo una interrupción significativa de dichos servicios
A los efectos de dicha normativa, se entiende por “toma” a “toda ocupación ilegal, violenta o arbitraria de un edificio público, realizada con la finalidad de interrumpir su uso o impedir el acceso a los funcionarios y/o ciudadanos”.
Mientras que califica al “daño” como “cualquier acción u omisión que cause deterioro, destrucción o menoscabo en los edificios, instalaciones, mobiliario, equipamiento, archivos u otros bienes públicos”.
El proyecto plantea que todos los agentes de estado provincial son pasibles de las sanciones previstas, “independientemente de su cargo, función o jerarquía, incluyendo empleados permanentes, transitorios, contratados y aquellos que ocupen cargos políticos o de confianza”.
La autoridad de aplicación sería en su caso el Ministerio de Gobierno, Justicia y Derechos Humanos de la Provincia de Catamarca, o el organismo que en el futuro lo reemplace.