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El Gobierno Nacional reglamentó el "capítulo laboral" de la Ley Bases

La nueva normativa, que introduce cambios significativos en el ámbito laboral, será publicada en el Boletín Oficial tras un proceso de diálogo con diversos sectores.
Por Redacción Inforama

El Gobierno Nacional, a través de un decreto que será publicado en el Boletín Oficial, reglamentará el capítulo laboral de la Ley Bases, sancionada en julio de este año. Esta medida establece nuevos esquemas para las indemnizaciones por despido, introduce un régimen de blanqueo laboral y modifica diversos aspectos de las relaciones laborales, en un contexto de tensiones entre gremios y sectores empresariales.

Federico Sturzenegger, ministro de Desregulación y Transformación del Estado, explicó que la reforma propone tres alternativas para reemplazar el régimen actual de indemnizaciones, las cuales podrán ser adoptadas mediante acuerdo sectorial. Los trabajadores que no adhieran a estas opciones seguirán bajo el esquema tradicional de la ley de contrato de trabajo. La adhesión a los nuevos regímenes será voluntaria y requerirá el consentimiento de ambas partes.

El decreto establece tres modelos para acordar nuevas modalidades de compensación en caso de despido. La primera opción es un esquema de cancelación individual, donde los pagos se definirán en función de un acuerdo sectorial. La segunda opción es la creación de un fondo de cese, que acumulará recursos destinados a desvinculaciones. Por último, se contempla la posibilidad de contratar seguros que cubran las indemnizaciones.

El artículo 96 de la ley Bases otorga a los convenios colectivos la facultad de reemplazar la indemnización tradicional, permitiendo soluciones más flexibles. Sin embargo, las organizaciones sindicales han expresado su preocupación sobre la posibilidad de que estos acuerdos ofrezcan compensaciones inferiores a las previstas por la ley actual.

Blanqueo de trabajadores y otras disposiciones

Uno de los puntos clave de la reforma es el blanqueo laboral para regularizar empleados no registrados o con registro parcial. Las empresas que se acojan a este régimen podrán condonar hasta el 90% de sus deudas por aportes, dependiendo de su tamaño. Las micro y pequeñas empresas recibirán un descuento del 90%, las medianas del 80% y las grandes del 70%. Se ofrecerá un 50% adicional si el pago se realiza al contado.

El Gobierno aclaró que este blanqueo no incluye al sector de servicio doméstico y que los trabajadores regularizados podrán computar hasta 60 meses de aportes previsionales para sus jubilaciones.

El secretario de Trabajo, Julio Cordero, defendió la medida argumentando que “las multas no funcionaron para garantizar la regularización laboral” y que el nuevo plan busca reducir la evasión y fomentar el registro formal.

Otro cambio relevante es la creación de un régimen para trabajadores independientes, permitiendo a profesionales contar con hasta tres colaboradores sin que esto se interprete como una relación de dependencia.

Período de prueba y cambios en despidos

La ley también extiende el período de prueba para nuevos empleados, ampliando el plazo de tres a seis meses, y hasta ocho meses en empresas medianas. Para pequeñas empresas, el período podrá llegar a un año. Durante este tiempo, el empleador no estará obligado a pagar preaviso ni indemnización por antigüedad.

Adicionalmente, los contratos de obra o servicios quedarán excluidos de la Ley de Contrato de Trabajo, buscando evitar la presunción de relación de dependencia.

Un aspecto controvertido es el artículo que permite a las empresas despedir con causa a empleados que participen en bloqueos. Este punto, resistido por los sindicatos, no fue especificado en la reglamentación, lo que significa que cualquier conflicto deberá ser resuelto en la justicia.

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