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El Gobierno informó cuándo comienza el receso invernal para la Administración Pública

Mediante el decreto N° 647, el Poder Ejecutivo Provincial dispuso la “Feria Invernal” para toda la Administración Pública Provincial (Administración Central y Organismos Descentralizados y/o Autárquicos) por el lapso de cinco días hábiles.

El receso será otorgado en los siguientes períodos:

El instrumento legal establece que los titulares responsables (ministro, secretario, etc.) de las distintas reparticiones dispondrán lo pertinente para que el personal sea distribuido en uno de los turnos señalados precedentemente y en forma proporcional a fin de asegurar la cobertura normal de los servicios.

Además, señala que en ningún caso la feria o licencia de invierno será compensada con dinero o podrá tomarse en otra época del año. El agente que no goce de la misma perderá el beneficio.

Para los beneficiarios de becas y el personal contratado bajo la modalidad de Locación de Obra, se dispone la no concurrencia a sus lugares de prestación de tareas, quedando facultadas las autoridades superiores a determinar los días que le corresponden a cada beneficiario o contratado durante el receso invernal administrativo.

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