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Los monotributistas podrán acceder a un reintegro de AFIP: ¿cuáles son los requisitos?

El trámite sin embargo, podría demorar un poco.
Por Redacción Inforama

Los monotributistas y los trabajadores autónomos podrán acceder a un reintegro de ciertas retribuciones que realiza el organismo este junio de 2004, gracias a la resolución 4309 emitida por la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP), según Ámbito.

Se otorga únicamente a aquellos que hayan efectuado los pagos correspondientes mediante débito directo en cuenta bancaria y débito automático mediante la utilización de tarjeta de crédito. Además, deben haber abonado en tiempo y forma las cuotas mensuales.

Para las categorías A, B, C y D se tendrán por cumplidos los requisitos cuando "se hubiera abonado el impuesto integrado completo de al menos 8 períodos mensuales para 2023 y 10 períodos mensuales para 2024".

Se prevé asimismo que el trámite de reintegro pueda demorar un poco.

Pasos a seguir

Para hacer el trámite se debe ingresar a la web oficial de AFIP y dirigirse al servicio “CCMA – Cuenta Corriente de Monotributistas y Autónomos” y hacer clic en “Consultas varias” para luego entrar a “Detalle de incentivos”. Allí se podrá verificar si el beneficio es o no acreditado, el monto de la devolución y los motivos por los que se otorgó el reintegro o se rechazó.