Sebastián Andrés Lípari, secretario de la Corte y coordinador de la oficina de gestión de audiencias, habló del Sistema de Juicio Penal por jurado, que permite “la participación ciudadana”, tras el caso de los dos menores acusados por abuso sexual en la provincia.
“Este podría ser el primer juicio en América Latina en donde se va a someter a un menor no punible al momento del hecho, bajo la modalidad del sistema de jurado popular, de juicio por jurado”, explicó a TVEO.
Al respecto, dijo que la normativa en Catamarca a diferencia de otras leyes del país en donde se implementa el Sistema, no discrimina o no hace una salvedad con respecto a los menores punibles.
“Nosotros tenemos un fuero de responsabilidad penal juvenil y nuestra Ley 5719 de Juicios por Jurados, no establece si la competencia para juzgar es para mayores o menores. En ese sentido, la Corte, cuando reglamenta la ley para hacerla más práctica en el caso concreto, establece que en el caso de que las causas vengan con menores punibles, será el juez director, el juez de responsabilidad penal juvenil, que no hubiera intervenido en el proceso antes”, aclaró.
Y comentó que las causas que se debaten en el marco de los juicios populares, son las que comprenden delitos cuyas penas van de 20 años de prisión o más. “En la práctica son los abusos sexuales agravados, los homicidios simples y agravados, entre ellos el femicidio, cuando la víctima o el autor es un miembro de la Fuerza de Seguridad, ascendientes, descendientes, etcétera. Y también establece que pueden ser tentados. Por lo tanto, tenemos varias causas”, relató.
Asimismo, expresó que tuvieron en el pasado causas con menores punibles que no llegaron al debate por lograrse un acuerdo abreviado como lo estipula el Régimen Penal Juvenil. Sin embargo, dijo que en este caso puntual no hubo acuerdo, por lo que se fijó como fecha para la selección de jurados y de debate para el 28 de mayo en adelante.
En cuanto a la elección de los Jurados, Lípari comentó que se realiza un sorteo general para toda la provincia, que está dividida en 6 circunscripciones judiciales, en base a la densidad poblacional y se sortean las últimas tres terminaciones del documento. Y los postulantes deben responder a los siguientes requisitos: ser mayor de edad, saber leer y escribir, tener una residencia de no menos de cinco años en la provincia. Y si bien existen ciertas causales de incompatibilidad, están se ven en el caso concreto.
Y la ley establece también la necesidad de la paridad de género en la conformación del jurado popular, “la mitad varón y la mitad mujeres, y cuatro suplentes, también en la misma condición”.
Explicó que el sorteo se realiza en principio una vez al año: “Se hizo para el año 2024 y el año 2023. Y para este caso en particular que fue en el Valle Central, salieron cuatro terminaciones de documento. Eso nos dio una potencialidad de unas 750 personas que están en condiciones de ser jurado”.
Detalló que esas personas son la base del padrón, que se publica y difunde a través del boletín oficial. “Este padrón que está en vigencia este año se publicó el 1º de diciembre del año pasado. Entonces, en base a eso, hicimos una audiencia previa para achicarlo un poco y sorteamos 72 potenciales jurados (…) que van a ser citados a una audiencia, un momento previo al debate. Ahí las partes, todo bajo la dirección del Juez Director, van a elegir quiénes van a ser los 12 titulares y cuatro suplentes de ese jurado”, manifestó.
Y en consideración a las características del caso que trae nuevamente a colación la idea de bajar la edad de imputabilidad a 14 años, Lípari sostuvo que no es malo bajar la punibilidad siempre y cuando se cuente con un sistema de Responsabilidad Penal Juvenil que garantice el derecho de los menores pero que a su vez, brinde una respuesta a la sociedad.
Finalmente, dijo que también se debe revisar la responsabilidad de los mayores que utilizan a niños para procurar impunidad o garantizar el resultado del delito.