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Qué dice FACPCE sobre la inequidad para los trabajadores autónomos en el impuesto a las Ganancias

En su última reunión, realizada en la ciudad cordobesa de Carlos Paz, la Junta de Gobierno de la Federación Argentina de Consejos Profesionales de Ciencias Económicas (FACPCE),que preside el Lic. José Ignacio Simonella, emitió un documento referido a "la inequidad que soportan los Trabajadores Autónomos". De acuerdo a lo dado a conocer por el Consejo Profesional de Catamarca, el referido documento dice textualmente:

“Una vez más, las modificaciones introducidas al gravamen no incluyeron a los trabajadores autónomos, profundizando la desigualdad y violando el principio constitucional de igualdad ante la ley. Los niveles de ganancias que determinan el impuesto a pagar están dramáticamente desactualizados debido a la inflación desde hace años. Como ejemplo de ello y comparando con el año 1999, los ingresos netos anuales gravados de entonces actualizados y que alcanzaban la alícuota máxima del 35%, equivaldrían hoy a más de $ 60 millones, mientras que para el año 2023 se alcanza dicha alícuota con apenas $ 2,7 millones de ganancias anuales”.

“Esto impacta negativamente a los monotributistas cuando exceden la categoría máxima y quedan gravados inmediatamente en el impuesto a las ganancias con tasas superiores al 20%. Esta grave situación ha sido reconocida por las autoridades morigerando la carga solo para los trabajadores en relación de dependencia, estableciendo que no pagan el impuesto quienes tengan remuneraciones brutas mensuales hasta $ 1.980.000. Como ejemplo de la distorsión que señalamos, para 2023 los autónomos solteros pagan el impuesto a partir de $ 170.000 de ingresos netos promedios mensuales. Es evidente que se han violado los principios de igualdad y equidad para los trabajadores autónomos”.

“Consideramos imprescindible que se modifique en forma urgente la escala de alícuotas progresivas del impuesto a las ganancias en valores actualizados y razonables, de modo de devolver al tributo sus características esenciales, tal como se aplica en el mundo occidental y que, a su vez, se respeten los principios constitucionales del derecho tributario: las contribuciones que establezca el Congreso deben ser “equitativas” (art. 4 CN); “la igualdad es la base del impuesto y de las cargas públicas” (art. 16 CN)”.

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