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Veda electoral de cara al balotaje: qué pasa con las restricciones en redes sociales

El próximo domingo 19 de noviembre se llevará a cabo el balotaje 2023. El diputado nacional y líder de La Libertad Avanza, Javier Milei, y el actual ministro de Economía y postulante de Unión por la Patria, Sergio Massa, competirán por la presidencia de la Nación.

Las prohibiciones de la veda electoral del balotaje 2023

Si bien el Código Electoral no hace mención a las redes sociales o medios electrónicos, puesto que su sanción es previa al surgimiento y proliferación de las mismas, la Cámara Nacional Electoral (CNE) ya había advertido en la veda previa a las Primarias que las plataformas digitales "están incluidas" para los candidatos y votantes, por lo que tampoco podrán realizar declaraciones o publicar propaganda política a través de Twitter, Facebook o Instagram, entre otras.

El artículo 64 del Código establece la prohibición de emitir y publicar avisos publicitarios en medios gráficos, vía pública, telefonía móvil y fija, publicidad en espectáculos públicos e “internet”.

La referencia genérica deja fuera de forma explícita las redes sociales. Esto implica que en caso de infracción, será el juzgado federal con competencia electoral en ese lugar quien hará cesar el aviso.

¿Qué pasa si se rompe la veda electoral?

Los electores pueden tener como sanción el pago de multas de entre $10 mil y $100.000 por la emisión de publicidad electoral durante el silencio establecido.

Además, aquellos que induzcan al voto o impulsen el ausentismo en estas Elecciones 2023 pueden recibir una pena desde dos meses a dos años de prisión. Además, los que violen el carácter secreto del voto se enfrentan a posibles condenas de hasta tres años.

El Tribunal Electoral o cualquiera de sus miembros tendrá la atribución de disponer el cierre transitorio de los locales que estuvieren en infracción a lo dispuesto precedentemente.

Fuente Ámbito e Infobae.

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