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Media sanción: cuáles son los puntos clave de la nueva Ley de Alquileres

Después de muchas idas y vueltas, Juntos por el Cambio y otros sectores de la oposición lograron aprobar una reforma a la Ley de Alquileres que había sido sancionada en 2020, y que no rindió los objetivos esperados.

La ley aún en vigencia establece plazos de tres años para la duración de los contratos de alquiler, actualización anual de los precios en base a la combinación de indicadores de evolución de precios y salarios.

En cambio, la media sanción de Diputados se basa en los siguientes lineamientos:

Duración de los contratos: dos años

Periodicidad para la actualización de precios: cuatrimestral 

"En los contratos de locación de inmuebles con destino a uso habitacional, el precio del alquiler debe fijarse como valor único y por períodos mensuales, sobre el cual podrán realizarse ajustes con la periodicidad que acuerden las partes y por intervalos no inferiores a 4 meses”.

Mecanismo de actualización: libre, a acordar entre las partes.

"Para los ajustes, las partes deberán convenir el mecanismo de actualización del precio del alquiler al inicio de la relación locativa, pudiendo aplicar a tales efectos el índice de precios al consumidor (IPC), el índice de precios mayoristas (IPM) y/o el índice de salarios (IS), elaborados por el Instituto Nacional de Estadísticas y Censos (INDEC) o una combinación de dichos índices, según las partes acuerden”.

Incentivos fiscales para promover la oferta de inmuebles:


Reforma del régimen de monotributo para que quienes tengan hasta tres unidades de explotación, "en el caso de la actividad de locación de inmuebles, mediante contratos debidamente registrados" se considere como “una sola unidad de explotación independientemente de la cantidad de propiedades afectadas a la misma".

Se exime de Bienes Personales a los inmuebles destinados a alquiler.

Se modifica el impuesto a los débitos y créditos bancarios -más conocido como impuesto al cheque- para que estén exentas aquellas cajas de ahorro o cuentas corrientes "utilizadas en forma exclusiva para las operaciones inherentes a la actividad de locación de inmuebles con destino casa-habitación, cuyos contratos se encuentren debidamente registrados". Ahora resta que el Senado de la Nación apruebe el proyecto tal como salió de Diputados para que entre en vigencia. A la oposición solo le falta un voto para lograr el tratamiento, a contramano de la postura contraria del kirchnerismo.

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